El proyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales continúa su polémica tramitación tras superar hasta tres enmiendas a la totalidad. Su texto ha sido redactado desde los postulados animalistas más radicales y recoge obligaciones tan discutibles como la de registrarse como criador de animales de compañía a quien tenga la intención de obtener descendencia de sus mascotas. ¿Esto qué significa? Pongamos un ejemplo claro. Si tienes una pareja de hámster en tu casa y esta cría por ‘accidente’, podrás ser multado con entre 500 y 10.000 euros por no disponer de los permisos necesarios, en este caso tu carnet de criador.

El borrador de la polémica ley animalista impulsada por el Gobierno establece en su artículo 26. d) la obligatoriedad de «tomar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada de los animales de compañía».

Artículo 26. d) de la Ley de Bienestar Animal.

Además, en el artículo 27. k) incide en el mismo hecho incluyendo como una de las prohibiciones específicas «la cría de cualquier especie de animal de compañía por criadores no inscritos en el Registro de Criadores de Animales de Compañía».

Artículo 27. k) de la Ley de Bienestar Animal.

Pero, ¿es un hámster un animal de compañía?

El Artículo 3 el proyecto de ley animalista define como animal de compañía a todo «animal doméstico o silvestre en cautividad, mantenido por el ser humano, siempre que su tenencia no tenga como destino su consumo o el aprovechamiento de sus producciones o cualquier uso industrial o cualquier otro fin comercial o lucrativo y que pertenezca a una especie que esté incluida en el listado positivo de animales de compañía».

Según el propio texto legal, en «un plazo máximo de cuarenta y ocho meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno elaborará y desarrollará el Real Decreto que desarrolle el listado positivo de animales de compañía». Aunque a priori pudiera pensarse que los hámster podrían quedar fuera, ha sido el propio director general de derechos de los animales, Sergio García Torres, quien en respuesta a la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha asegurado en Twitter que «podrá tener un hámster y un periquito, yo le recomiendo que lo adopte».

De las palabras de García Torres se deduce que la intención de los creadores de la ley es que animales como los hámster, los conejos o los periquitos continúen siendo considerados animales de compañía por lo que sus dueños -de no registrarse convenientemente- podrían ser multados si crían de ellos.

Sanciones de hasta 10.000 euros

Mastín español de trabajo. @Shutterstock
Mastín español de trabajo. @Shutterstock

Es en el artículo 81 del Anteproyecto de Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales donde se especifica que «se considerarán infracciones leves las conductas que, por acción u omisión, conlleven la inobservancia de las prohibiciones y obligaciones establecidas en esta Ley, siempre que no estén tipificadas como graves o muy graves», que no es el caso. Por lo tanto, en concreto la cría accidental de un animal de compañía como pudiera ser un hámster llevaría aparejada una multa de 500 a 10.000 euros.

Por este mismo hecho el régimen sancionador de la ley animalista impulsada por el Gobierno establece otras llamativas prohibiciones con sanciones similares a lo expuesto anteriormente. Por poner claros ejemplos, citaremos la de ejercer la mendicidad con perros, el caso de que tu perra se quede preñada por accidente,la prohibición de «mantener de forma habitual a perros y gatos en patios y similares» o bien dejar sin supervisar más de tres días a tus peces.

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