La polémica ley animalista, redactada desde los postulados animalistas más radicales y duramente criticada por la comunidad científica y por todos los sectores afectados por ella, sancionará con hasta 50.000 euros a quienes mantengan a sus perros en un patio o similar de forma habitual.

El borrador de la polémica normativa, que cuenta con una fortísima oposición que se materializó en la masiva manifestación del mundo rural el pasado 20 de marzo en Madrid, establece en su artículo 27 las prohibiciones específicas respecto a los animales de compañía. Es en el apartado e) de este artículo donde se prohíbe expresamente «mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos». De lo que se deduce que, no tener al perro dentro del domicilio al menos durante unas horas al día -independientemente de las dimensiones del patio y de sus instalaciones- podría considerarse una infracción grave, según recoge el régimen sancionador del texto.

Así se detalla en su artículo 82. o), en el que expone se expone detalladamente que tener a tu perro de manera habitual en un patio puede constituir una infracción grave. Según el Proyecto de Ley las sanciones tipificadas para estos casos van de 10.001 a 50.000 euros.

Más sanciones de miles de euros en la ley animalista

Una mujer ejerce la mendicidad con su perro en una imagen de archivo
Una mujer ejerce la mendicidad con su perro en una imagen de archivo. © Shutterstock

El régimen sancionador de la ley animalista impulsada por el Gobierno establece otras llamativas prohibiciones con sanciones similares a lo expuesto anteriormente. Por poner dos claros ejemplos, citaremos la de ejercer la mendicidad con perros o el caso de que tu perra se quede preñada por accidente.