Como todo mundo sabe, actualmente se está analizando una posible propuesta de restricción del uso del plomo en el mercado civil de la cartuchería, que afectaría  tanto a la caza como al tiro deportivo por parte de la agencia europea de productos químicos (ECHA).

El actual proyecto de restricción de la UE sobre el plomo en la munición excluye la producción militar de su ámbito de aplicación, por lo que la mayoría de la población cuando piensa en este proyecto no le vincula en absoluto a la capacidad de defensa de nuestras Fuerzas Armadas; sin embargo, si se sigue adelante con la  propuesta, pueden producirse efectos indeseados sobre la economía de la defensa de la UE y la seguridad del suministro de munición de los miembros de la OTAN y otros Estados miembros de la UE/EEE.

Con la actual escalada de acontecimientos que tienen lugar en Europa del Este, el suministro oportuno y adecuado de munición ha demostrado ser un factor clave ante una crisis imprevisible y sin precedentes.

A medida que evoluciona el aparentemente duradero conflicto entre Rusia y Ucrania, los miembros de la UE, la OTAN y otros países del EEE han estado al lado de Ucrania para suministrarle armas estratégicas y armamento crítico. La munición que se ha suministrado y se sigue suministrando Ucrania contiene, en su mayoría, plomo.

En la producción de proyectiles, la munición sin plomo y la que contiene plomo utilizan máquinas/líneas de producción diferentes. Esto significa que el número de máquinas/líneas de montaje disponibles para la munición no civil se reducirá significativamente si los fabricantes se ven obligados por ley a cambiar su producción a la munición sin plomo.

Si las líneas de producción se rediseñaran y adaptaran para proyectiles sin plomo, como resultado de la propuesta de restricción del Reglamento REACH, no podrán utilizarse posteriormente para producir proyectiles de plomo cuando surja esa necesidad, como en situaciones de guerra.

La mayoría de los fabricantes de munición suministran munición para clientes civiles y no civiles. La mayoría de los productos de munición militar de pequeño calibre tienen proyectiles de plomo. En consecuencia, las fuerzas de defensa dependen de los mismos fabricantes para su suministro estándar, así como para recurrir a una mayor capacidad de suministro en caso de situación de conflicto. Como me comentaba un insigne fabricante europeo «para fabricar munición militar utilizo las mismas máquinas, la misma tecnología, los mismos operarios, de los mismos materiales y los mismos proveedores».

Esta capacidad de producción adicional proviene actualmente de las líneas civiles que pueden adaptarse fácilmente para producir productos militares. Pero si las líneas de producción se rediseñaran y adaptaran para proyectiles sin plomo, como resultado de la propuesta de restricción del Reglamento REACH, no podrán utilizarse posteriormente para producir proyectiles de plomo cuando surja esa necesidad, como en situaciones de guerra. En la actualidad, la mayoría de los sistemas de armas están diseñados y aprobados para funcionar con munición de plomo.

Munición de guerra.
Munición de guerra. © Shutterstock

Actualmente, los Estados miembros se enfrentan a graves retrasos en la reposición de sus reservas de munición. La actual propuesta de restricción corre el riesgo de aumentar esos retrasos, al tiempo que hace que la UE dependa de las importaciones de terceros países para los aumentos de la demanda de munición de defensa. La seguridad del suministro y la capacidad de aumentar la producción de forma significativa en una situación de conflicto dependen de la capacidad de los fabricantes de la UE para mantener el nivel de suministro necesario y, al mismo tiempo, no depender de empresas con sede en países no miembros de la OTAN. No creo que haga falta dar nombres.

Encontrar una alternativa al plomo que sea aceptable desde el punto de vista de las compras de defensa de la UE y de las normas de la OTAN llevará 10 años. Una vez que se encuentre esa alternativa, se podrá realizar el cambio en la producción civil y podrá ser realista la exención de defensa.