La Consejería de Medio Ambiente de la Región de Murcia ha prorrogado la orden de vedas de caza para la temporada 2025/2026. En concreto, mantiene vigentes los periodos y condiciones establecidos en la Orden de 17 de mayo de 2023, publicada en el BORM nº 117, relativa a la campaña 2023/2024. Esta prórroga ha sido posible en base a la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 2/2022, de simplificación administrativa, que permite la continuidad de la normativa anterior en caso de no aprobarse una nueva orden regulatoria.

Caza mayor: sin cambios en especies ni periodos

La caza mayor mantiene las fechas ya conocidas. El aguardo al jabalí está autorizado durante todo el año, mientras que otras modalidades como ganchos, batidas y monterías estarán permitidas desde el 7 de septiembre de 2025 hasta el 8 de febrero de 2026. Estas acciones incluirán especies como arruí, corzo, muflón, gamo, jabalí y zorro.

El rececho también repite fechas: jabalí, arruí, gamo, corzo y muflón podrán cazarse entre el 1 de mayo de 2025 y el 8 de febrero de 2026. En el caso del zorro y el ciervo, las fechas se limitan del 7 de septiembre al 8 de febrero, mientras que la cabra montés se caza entre el 12 de octubre y el 8 de febrero.

Media veda, caza menor y modalidades tradicionales

En media veda, la campaña se desarrollará del 21 de agosto al 14 de septiembre de 2025, con días hábiles los jueves, sábados, domingos y festivos. La paloma torcaz, la bravía, la zurita y la gaviota patiamarilla estarán incluidas, mientras que se mantiene prohibida la caza de la tórtola europea. Los domingos 17 y 24 de agosto podrá cazarse codorniz al salto, con un cupo de dos ejemplares por cazador.

La caza menor se autoriza del 12 de octubre de 2025 al 6 de enero de 2026, también todos los días, e incluye especies como perdiz roja, faisán, conejo, zorro, liebre, urraca, entre otras. En el caso del conejo, se establece un periodo especial de descaste del 8 de junio al 11 de octubre en determinadas zonas, y se podrán llevar hasta dos perros por cazador.

Caza con arco, galgos y podencos

La normativa contempla también la caza con arco, bajo el carnet de arquero cualificado T2, con las mismas condiciones que la caza mayor y menor convencional. La modalidad con galgos estará vigente del 12 de octubre de 2025 al 6 de enero de 2026, mientras que la caza a diente con podencos se autoriza del 1 de julio al 6 de enero, restringida en varias comarcas salvo control por POC.

Otras prácticas como el zorro a la chilla, los puestos fijos, los ojeos de perdiz o la cetrería siguen reguladas en los mismos términos ya conocidos. Con esta prórroga, los cazadores murcianos mantienen la seguridad jurídica para planificar la próxima temporada sin variaciones normativas.

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