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Castilla y León prohíbe recoger setas con cuchillos de más de 11 centímetros en una norma que impone multas de hasta 100.000 euros

El Decreto 31/2017 fija en 11 centímetros el límite de hoja para cuchillos, navajas y tijeras micológicas; superarlo puede derivar en sanción grave.

Coger setas en Castilla y León no es tan sencillo como meter una navaja en la mochila y salir al monte. La comunidad autónoma cuenta desde hace años con una normativa específica que regula qué herramientas se pueden usar, cómo hay que transportar la recolección y qué ocurre si un agente forestal decide abrir expediente.

La norma que lo especifica todo es el Decreto 31/2017, de 5 de octubre, que regula el Recurso Micológico Silvestre en Castilla y León y que lleva en vigor desde finales de ese mismo año. Su artículo 8.3.c es el que fija el tamaño de las herramientas de corte permitidas para la recolección y dice textualmente: «Las únicas herramientas de corte a utilizar serán cuchillos, navajas o tijeras, en todo caso con dimensiones de hoja inferiores a 11 centímetros».

Qué herramientas están prohibidas en el monte

El decreto no se limita a determinar la longitud de las hojas. También prohíbe expresamente usar o incluso portar durante la recolección hoces, escardillos, rastrillos, azadas y utensilios similares, precisamente porque remueven el mantillo y pueden dañar el micelio, la red de filamentos subterránea de la que nacen las setas. La única excepción a esta regla de las herramientas de corte reducidas afecta a las trufas y otros hongos hipogeos, para cuya extracción sí se admite el uso del machete trufero, una herramienta distinta pensada para escarbar bajo tierra.

La forma de transportar lo recolectado también está reglada. Las setas deben trasladarse en recipientes que permitan la aireación y la caída de esporas al exterior, como las cestas de mimbre, paja o caña de toda la vida. Quedan expresamente prohibidos los cubos y las bolsas de plástico, precisamente porque impiden esa dispersión de esporas que ayuda a que el hongo se regenere temporada tras temporada.

En cuanto al terreno, el decreto obliga a dejarlo como estaba. No se puede remover el suelo ni la capa de mantillo, ni a mano ni con herramientas, y si la extracción de una seta exige sacar el pie completo, hay que rellenar el agujero con la misma tierra retirada. También está prohibido recolectar de noche, arrancar ejemplares extramaduros o en descomposición, alterar señales, vallas o cualquier infraestructura del monte, y dejar las portillas y cancelas en un estado distinto al que se encontraron.

Multas de hasta 100.000 euros

Incumplir el límite de la navaja o cualquier otra condición del decreto puede abrir un expediente sancionador, pero eso no significa que la primera multa que caiga sea de 100.000 euros. Esa cifra es el techo previsto para las infracciones calificadas como graves, no la sanción habitual.

El propio decreto remite en su artículo 32.4 el régimen de incumplimientos al marco de la Ley de Montes de Castilla y León, cuyo artículo 116 aplica a su vez la legislación estatal en materia sancionadora. Es la Ley 43/2003, de Montes, la que en su artículo 74 fija las cuantías: de 100 a 1.000 euros para las infracciones leves y de 1.001 a 100.000 euros para las graves, mientras que las muy graves pueden llegar a superar el millón de euros. Para que una infracción relacionada con la recolección de setas se califique como grave, el artículo 114.2.c de la ley autonómica exige que los daños provocados requieran más de seis meses y menos de diez años para repararse. La calificación final no depende solo de la longitud de la hoja, sino de un informe técnico del servicio territorial de montes que se incorpora al expediente y valora la naturaleza de la conducta, el daño causado y el tiempo de recuperación del terreno, entre otros criterios legales de graduación.

Permisos, terrenos y compatibilidad con la caza

Antes de salir al campo conviene tener claro en qué tipo de terreno se va a recolectar, porque el régimen cambia bastante. En los terrenos acotados hace falta permiso; en los reservados solo puede recolectar el titular o quien él autorice; en los vedados la recolección está prohibida por motivos de conservación, y en los de aprovechamiento episódico se permite una recogida esporádica, sin ánimo de lucro, con un tope de tres kilos por persona y día, aunque esta última modalidad no se aplica a las trufas. Todo recolector debe portar documento de identidad y, cuando el terreno lo exija, el permiso correspondiente, que en Castilla y León suele tramitarse a través del sistema Micocyl, tal y como explicó Jara y Sedal al detallar cómo se obtiene esa licencia.

Hay además una restricción que afecta directamente a cazadores y organizadores de monterías: según las condiciones de las zonas reguladas por Micocyl, queda terminantemente prohibido recolectar setas en los días y superficies señalados para una cacería colectiva debidamente autorizada, y tampoco se permite la recogida donde se estén realizando trabajos forestales con maquinaria. No es un capricho burocrático, sino una cuestión de seguridad para todos los que están en el monte ese día, sea con cesta o con arma.

Consejos para no acabar con un expediente abierto

La lista de obligaciones puede parecer larga, pero se resume en poco tiempo si se hace antes de salir de casa. Conviene medir la hoja de la navaja o el cuchillo, porque el límite se aplica solo a la hoja y no cuenta el mango. Hay que comprobar si el monte elegido exige permiso y, si es así, tramitarlo con antelación a través de los canales oficiales de la comunidad. También ayuda llevar una cesta aireada en lugar de bolsas de plástico o cubos, revisar si existen limitaciones temporales en la zona por motivos de conservación y confirmar que no hay una cacería colectiva autorizada ese mismo día en el terreno, algo que suele consultarse en la plataforma pública de cacerías colectivas de la Junta. Rellenar los agujeros tras extraer el pie de una seta, no tocar ejemplares que no se van a recoger y dejar cancelas y vallas como se encontraron son gestos sencillos que evitan la mayoría de los problemas con la guardería forestal.

Como recuerda un reciente control de un guarda rural a un recolector sin licencia recogido por este medio, la falta de permiso o el desconocimiento de estas normas siguen siendo la causa más habitual de sanción, muy por delante de discusiones sobre los centímetros de hoja permitidos. Ir con la documentación en regla, la herramienta adecuada y algo de sentido común sigue siendo la mejor garantía para disfrutar de la temporada sin sustos.

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