La sobrepoblación de conejo y jabalí especialmente ha llevado este lunes a la Región de Murcia a permitir movilidad libre a los cazadores a pesar de las restricciones para evitar la propagación del COVID. Además, también existe exceso en la población de arruí, ciervo, cabra montés y muflón en algunas zonas de esta comunidad autónoma, especies a las que también se podrá dar caza sin restricciones de movilidad con caracter excepcional. En cuanto a las esperas, estas se podrán practicar desde el ocaso hasta las 23 horas.

La orden, firmada por el director general del Medio Natural, Fulgencio Perona, y a la que ha tenido acceso Jara y Sedal, permite la salida y entrada del territorio regional siempre que sea para participar en modalidades de caza relacionadas con las especies mencionadas.

En concreto, este texto se basa «en el carácter esencial de la actividad cinegética», pues «la caza es una herramienta esencial para el control de las poblaciones de las especies cinegéticas y de los daños en la agricultura, la prevención de accidentes de tráfico y de transmisión de enfermedades al ganado», según apunta el texto.

«Asimismo, la actividad cinegética, caracterizada por realizarse al aire libre y con grandes distancias de separación, constituye una actividad con un riesgo bajo de transmisión del COVID-19, siempre que se respeten las medidas de prevención vigentes», prosigue el documento.

En este sentido, el desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan producir graves daños en la agricultura, ganadería y seguridad vial, se considera causa justificativa de fuerza mayor o situación de necesidad, a los efectos previstos en los artículos 1 y 2 del Decreto 7/2020, de 30 de octubre.

Reducir daños en agricultura, ganadería, biodiversidad y seguridad vial

Por tanto, para contribuir a la reducción de daños en la agricultura, ganadería, biodiversidad y seguridad vial, se permiten los desplazamientos entre municipios y la entrada y salida de la Región de Murcia para la realización de las modalidades de caza que controlen la sobreabundancia de las citadas especies en los terrenos cinegéticos.

De igual forma, se podrá realizar emitidas por el Cuerpo de Agentes Medioambientales de la Región de Murcia, tras la el control de estas especies en terrenos no cinegéticos con las autorizaciones excepcionales comprobación de la existencia de daños, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de 30 de abril de 2020 de la Dirección General del Medio Natural por la que se regulan las autorizaciones de control y captura de determinadas especies por daños a la agricultura, ganadería, instalaciones, biodiversidad o por seguridad para las personas. Los aguardos nocturnos solo se podrán realizar desde el ocaso hasta las 23 horas.

Este es el documento oficial de la Consejería de Medio Ambiente murciana.

Este vídeo de un jabalí en una piara de cerdos demuestra por qué la caza es esencial y no puede parar

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