La Guardia Civil investiga a un hombre de Castellón por haber ofrecido en Internet ejemplares disecados de varias especies protegidas, entre ellas un corzo, un jabalí, una ardilla y una gineta. El caso, detectado por el Seprona en una plataforma de compraventa, ha derivado en diligencias penales por un posible delito ambiental.
La actuación se inició el pasado 23 de febrero, cuando agentes del Seprona de la Guardia Civil de Segorbe localizaron en una conocida plataforma de compraventa en línea varios anuncios que ofrecían piezas naturalizadas de fauna silvestre. Entre ellas, una cabeza de corzo (Capreolus capreolus), otra de jabalí (Sus scrofa), una gineta (Genetta genetta) y una ardilla (Sciurus vulgaris), todas ellas disecadas.
Tras analizar los anuncios, los agentes lograron identificar al presunto responsable, un hombre residente en la localidad de Viver, también en la provincia de Castellón. Una vez localizado, se llevó a cabo una inspección en su domicilio para verificar los hechos.
Sin autorización para su tenencia
Durante la visita al lugar, los agentes constataron que el investigado carecía de la documentación necesaria para la tenencia de esos ejemplares. Por este motivo, se procedió al decomiso inmediato de las especies. La legislación vigente prohíbe la posesión y comercialización de ciertas especies sin la correspondiente autorización administrativa.
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Según recuerda la Guardia Civil, esta conducta podría suponer una infracción grave de la normativa medioambiental, especialmente en relación con la Decisión del Consejo del 3 de diciembre de 1981 sobre conservación de fauna y flora silvestre en Europa.
Posible delito ambiental
La actuación se ha realizado al amparo de la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, así como del Decreto 32/2004 de la Generalitat Valenciana, que regula el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazada, y su modificación más reciente, la Orden 2/2022.
Como consecuencia, se han incoado diligencias penales -que podrían acarrear pena de cárcel si el implicado contase con antecedentes- por presunta tenencia y comercialización ilegal de fauna protegida, las cuales han sido ya remitidas al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Segorbe para su estudio.
¿Qué pasa con los viejos animales de especies cinegéticas?

Llegados a este punto hemos de apuntar que hay especies que se cazaban o naturalizaban antes de que entraran en vigor las diferentes normas que las protegen. ¿Qué pasa con ellas? En 1973, el Real Decreto 2573/1973 prohibía en España «la caza, captura, tenencia, tráfico, comercio y exportación» y «la preparación y comercialización de sus restos» de numerosos animales. No obstante, daba un plazo hasta el 31 de diciembre de ese año para legalizar los disecados anteriores. En 1980, el Real Decreto 3181/1980 hacía lo mismo con otras especies y daba un plazo de un año, pero ambos tuvieron poca difusión.
Algunas comunidades autónomas también establecieron diferentes periodos, pero hubo mucha gente que no se enteró o no lo hizo. Aunque hay casos que se podrían solucionar con un acta notarial, en otros el vacío legal deja lugar a muchas dudas.
Las sanciones pueden ser muy elevadas, de más de 30.000 euros. Además, si la especie naturalizada viene de algún comercio internacional y está protegida por el CITES habrá que seguir un procedimiento específico para regularizarla. Si se compró antes de que España se adhiriera al convenio (1986), habrá que demostrarlo para obtener el documento CITES; si es después, habrá que consultar en el convenio el nivel de protección de su comercio. Todo ello es algo que olvidó el vecino de Castellón que trató de vender los ejemplares disecados y por los que ahora ha sido acusados de un delito.