La Federación de Caza de la Comunidad Valenciana ha anunciado la publicación de la Orden General de Vedas para la temporada 2025/2026, establecida por la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio. La nueva normativa regula los periodos hábiles y modalidades de caza tanto en zonas comunes como en cotos y zonas de caza controlada, con algunos cambios respecto a la temporada pasada.
Cambios en media veda
La media veda para especies como la paloma torcaz, la bravía, el estornino pinto, la urraca y el zorro podrá practicarse del 23 de agosto al 21 de septiembre, en días hábiles de jueves, sábados y domingos. Para la codorniz común, al salto o en mano, el periodo será del 10 de agosto al 14 de septiembre, con un máximo de 8 ejemplares por cazador y día.
La caza de la tórtola europea se mantiene restringida y sujeta a autorización expresa los días 23, 24, 30 y 31 de agosto y bajo condiciones especiales en cuanto al cupo y el registro electrónico de capturas mediante aplicación móvil. Se prorroga también la moratoria para especies como la paloma zurita, la cerceta carretona y la grajilla.
Zorzales, aves acuáticas, becada y perdiz con reclamo

Se mantiene la prórroga de zorzales y estorninos en puesto fijo hasta el 8 de febrero de 2026, con un cupo máximo de 25 ejemplares por cazador y día. Las aves acuáticas podrán cazarse entre el 12 de octubre de 2025 y el 8 de febrero de 2026, aunque en humedales del sur de Alicante como El Hondo o Santa Pola, la apertura se retrasa al 1 de noviembre.
Para la becada, la modalidad al salto se autoriza del 9 de noviembre al 1 de febrero, con un cupo de 3 por cazador y día. La perdiz con reclamo, como en años anteriores, estará permitida hasta el 28 de febrero de 2026, siempre que lo apruebe el plan técnico del coto correspondiente.
Modalidades de caza en zonas comunes
La caza de conejo con perro y sin armas estará permitida del 20 de julio al 25 de diciembre y continuará prohibido el empleo de galgos. La cetrería estará habilitada del 12 de octubre al 4 de enero, excluyendo la caza de liebre. Además, se permite el entrenamiento con señuelo todo el año. Por su parte, el uso de arco y ballesta como alternativa al arma de fuego podrá emplearse de forma equivalente.
La caza menor al salto y en puesto fijo se podrá realizar del 12 de octubre al 6 de diciembre, con las mismas restricciones de cupo —una perdiz— y perros —máximo 2— que en la anterior orden. En cuanto al jabalí, las modalidades de gancho, batida y rececho estarán autorizadas desde el 1 de septiembre hasta el 28 de febrero, y la espera podrá realizarse todo el año, siempre con autorización previa de la Conselleria.
Novedades respecto a la temporada 2024/2025

Entre los principales cambios frente a la anterior temporada destacan la modificación de la caza de la tórtola, que pasará de contar con un cupo cero la pasada temporada a poder ser autorizada su captura bajo condiciones, eso sí, excepcionales.
En zonas comunes, la caza de la liebre continúa prohibida y se mantiene la limitación de perros por cazador, así como la prohibición del uso de galgos en el control del conejo. En resumen, la nueva orden introduce ligeros ajustes en fechas y refuerza las condiciones técnicas, con el objetivo de equilibrar la sostenibilidad y la actividad cinegética.


Puedes descargar al completo la Orden de vedas pinchando en este enlace.