El 1 de abril de 2021 Jara y Sedal adelantaba en exclusiva la mala noticia: la prohibición de la caza de la tórtola (Streptopelia turtur) llegaría a toda España. Y así fue. Una a una todas las comunidades fueron imponiendo una moratoria a su aprovechamiento cinegético estableciendo los famos ‘cupos cero’ de capturas, una figura legal que muchos no entendieron. ¿Porque la administración afirma que se puede cazar con cupo cero en lugar de decir que ha prohibido su caza? Pues porque este ave sigue siendo considerada especie cinegética, por lo que su caza sigue siendo legal pero puntualmente queda restringida de manera temporal. Esto significa que podrá volver a cazarse si se dan una serie de condicionantes.

¿Qué exige Europa para volver a permitir la caza de la tórtola?

Las condiciones establecidas por la Comisión Europea en 2021 para el levantamiento de la moratoria temporal de la caza de la tórtola en la ruta migratoria occidental –la que afecta mayoritariamente a España– son tres.

1. Aumento poblacional durante dos años

La primera condición que pone la Comisión Europea es que la tórtola haya aumentado su población durante al menos dos años seguidos en la ruta migratoria occidental. Unos datos medidos con el índice PECBMS y que incomprensiblemente tomarán como referencia el inicio de la moratoria de la caza.

Decimos incomprensible porque el índice PECBMS entre 2015-20 ya mostraba un «aumento moderado 2» , como se puede ver en el siguiente recuadro. Este incremento ocurrió antes de la moratoria, por lo que –al margen de lo que diga Bruselas– indica que se dan los requisitos para realizar un aprovechamiento cinegético con cupo.

Gráfica que muestra la tendencia poblacional de la tórtola europea en su ruta occidental.
Gráfica que muestra la tendencia poblacional de la tórtola europea en su ruta occidental. ©FACE


2. Una tasa de crecimiento de la población positiva

La tasa de crecimiento estimada debe ser igual o superior a 1 en función de un modelo establecido por un consorcio de científicos en el que están presentes diferentes organismos de nuestro país, entre ellos la Fundación Artemisan.

3. Sistemas de control de capturas «creíble»

La Comisión Europea también exige la implantación de sistemas regulatorios y de control del número de capturas «creíbles» en el momento cuando se reabra la caza. Los estados miembros deben comunicar datos sobre la gestión de la especie de buena calidad, con controles que demuestren y cuantifiquen con precisión el número de animales cazados y establecer sistemas que garanticen el cumplimiento de los cupos.

Esto, en España, seguramente se logrará con la implantación del «precinto digital». Se trata de un sistema que ya está muy avanzado según el cual todo cazador podrá notificar la caza de una tórtola nada más capturarla a través de una aplicación que generará un código QR que hará las veces de precinto.

¿Cuándo podrá volver a cazarse la tórtola en toda España?

Teniendo en cuenta el primer requisito del índice PECBMS que exige un aumento poblacional sostenido durante dos años, los datos que se obtengan después de la moratoria a su caza (2022 y 2023) no estarán disponibles hasta 2024-2025, por lo que lo más probable es que hasta esa fecha no se pueda volver a autorizar su caza en toda España.