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Almorta: la legumbre que España prohibió durante décadas porque podía paralizar las piernas

La almorta, ingrediente tradicional de las gachas manchegas, contiene una neurotoxina que causó numerosos casos de latirismo durante la posguerra. Sin embargo, su consumo ocasional no supone peligro.

Un vídeo publicado en redes sociales ha recuperado la historia de la almorta (Lathyrus sativus), una legumbre muy resistente que durante los años más duros de la posguerra llegó a convertirse en uno de los principales alimentos de numerosas familias españolas. Su consumo excesivo provocó entonces una epidemia de una enfermedad neurológica prácticamente olvidada: el latirismo.

La grabación asegura que esta planta fue «ilegal» en España durante más de 70 años y que actualmente puede venderse de nuevo para consumo humano. La explicación es sustancialmente cierta en cuanto al riesgo que entraña la legumbre, pero contiene algunas imprecisiones históricas y legales.

No estuvo prohibido poseerla o cultivarla. Lo que las autoridades impidieron fue destinar sus semillas y su harina a la alimentación humana, mientras continuaban empleándose para elaborar piensos. Además, aunque el vídeo sitúa el final de esta prohibición en 2018, fue aquel año cuando un comité científico oficial reevaluó su seguridad. La autorización no llegó hasta 2020, según recuerda la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

La enfermedad que se extendió durante la posguerra

La almorta, conocida en distintas zonas de España como guija, muela, tito, pito o chícharo, soporta la sequía y puede crecer en terrenos pobres donde fracasan otros cultivos. Esa resistencia hizo de ella un alimento de supervivencia durante periodos de escasez.

El problema apareció cuando dejó de ser un ingrediente ocasional y se convirtió en la base de la dieta. La semilla contiene beta-ODAP, un aminoácido neurotóxico capaz de afectar a las neuronas motoras superiores. La enfermedad resultante, denominada neurolatirismo, puede causar rigidez muscular, marcha espástica, pérdida de fuerza y parálisis irreversible de las extremidades inferiores.

España prohibió en 1944 destinar la almorta al consumo humano después de los brotes registrados durante la posguerra. Posteriormente, el Código Alimentario Español de 1967 mantuvo esa exclusión y una orden de 2004 incluyó las semillas de Lathyrus sativus entre las plantas cuya venta al público quedaba restringida por su toxicidad. Esta última disposición, no obstante, se enmarca en la regulación de plantas y preparados medicinales, por lo que no equivale por sí sola a una prohibición general de poseer o cultivar la especie. Así lo recoge la normativa publicada en el Boletín Oficial del Estado.

El peligro aparece con un consumo muy elevado y prolongado

El informe aprobado en 2018 por el Comité Científico de AECOSAN concluyó que los casos de neurolatirismo se habían producido cuando las almortas se consumían en grandes cantidades durante varios meses y constituían la base de la alimentación.

Los estudios revisados situaban los escenarios de riesgo en ingestas de alrededor de 300 gramos diarios durante al menos tres meses, o cuando esta legumbre aportaba más del 30 % de las calorías consumidas durante un periodo prolongado. La malnutrición, el agotamiento físico y una dieta deficiente agravaban además el peligro.

Por el contrario, el comité consideró «despreciable» el riesgo para la población general cuando la harina se toma ocasionalmente en las cantidades habituales de las gachas. Como referencia, estableció una ración de hasta 25 gramos de harina, con un contenido reducido de beta-ODAP y dentro de una dieta variada.

El remojo, la cocción prolongada y la eliminación del agua pueden reducir buena parte de la toxina cuando se preparan las semillas, aunque no la hacen desaparecer por completo. En el caso de la harina para gachas no es posible desechar el agua, de ahí la importancia de controlar tanto su composición como la frecuencia de consumo.

La OCU recuerda que actualmente puede comercializarse para elaborar platos tradicionales, pero reclama un etiquetado obligatorio y más claro. También desaconseja su consumo a niños pequeños, embarazadas, mujeres en periodo de lactancia y personas con enfermedades neurológicas o predisposición a padecerlas.

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