La Comunidad de Madrid ha dado un paso clave en la lucha contra la sobrepoblación de jabalíes. El Boletín Oficial ha publicado las diez comarcas donde se declara la emergencia cinegética de esta especie, en las que la Administración podrá autorizar el uso de visores térmicos para su caza. Esta medida busca frenar los daños que estos animales están provocando tanto en cultivos como en carreteras.
Según recoge la resolución publicada este miércoles 23 de abril, se establece un régimen excepcional en estas zonas que permitirá a los cazadores previa solicitud emplear elementos ópticos de visión térmica incluso acoplados a sus armas -hasta ahora prohibidos- para abatir jabalíes en esperas y aguardos, además de un amplio paquete de medidas extraordinarias para frenar el avance de la especie y sus efectos negativos.
Desde hace meses, las organizaciones agrarias venían alertando del aumento de los daños en el campo y del creciente riesgo de accidentes de tráfico provocados por irrupciones de suidos. En este contexto, la declaración de emergencia cinegética se presenta como una herramienta de gestión poblacional urgente para minimizar estos impactos.
Estos son los pueblos donde se podrá solicitar el uso del visor térmico

Las diez comarcas cinegéticas afectadas -5, 6, 7, 8, 12, 13, 14, 15, 16, 17- abarcan una extensa parte del territorio madrileño. La Consejería de Medio Ambiente especifica en la resolución hoy publicada qué municipios se verán afectados. En total son 122. Los compartimos a continuación:
En la Comarca 5 se encuentran los municipios de Bustarviejo, Valdemanco, La Cabrera, El Berrueco, Patones, Navalafuente, Cabanillas, Redueña, Torrelaguna, Torremocha de Jarama, Venturada, Guadalix de la Sierra, Pedrezuela, El Vellón, San Agustín del Guadalix y El Molar.
En la Comarca 6 están incluidos Valdepiélagos, Talamanca de Jarama, Valdetorres de Jarama, Fuente el Saz de Jarama, Valdeolmos, Ribatejada, Algete, Fresno de Torote, Valdeavero, Cobeña, Daganzo de Arriba, Camarma de Esteruelas, Meco, Paracuellos de Jarama, Ajalvir, Alcalá de Henares, Los Santos de la Humosa, Torrejón de Ardoz, Villalbilla, Anchuelo, Santorcaz, Valverde de Alcalá, Corpa y Pezuela de las Torres.
En la Comarca 7 se incluyen los municipios de Loeches, Torres de la Alameda, Pozuelo del Rey, Nuevo Baztán, Olmeda de las Fuentes, Campo Real, Valdilecha, Villar del Olmo, Ambite, Orusco de Tajuña, Perales de Tajuña, Tielmes, Carabaña, Brea de Tajo, Valdelaguna, Villarejo de Salvanés, Estremera, Belmonte de Tajo, Villaconejos, Colmenar de Oreja, Villamanrique de Tajo y Fuentidueña de Tajo.
En la Comarca 8 están incluidos San Fernando de Henares, Coslada, Mejorada del Campo, Velilla de San Antonio, Rivas-Vaciamadrid, Getafe, Arganda del Rey, Pinto, San Martín de la Vega, Morata de Tajuña, Valdemoro, Ciempozuelos, Titulcia, Chinchón, Aranjuez y Madrid (Parque Regional del Sureste).
En la Comarca 12 figuran los municipios de Los Molinos, Guadarrama, Collado Mediano, Alpedrete, San Lorenzo de El Escorial, El Escorial, Santa María de la Alameda, Santa María de la Alameda (La Cepeda) y Zarzalejo.
En la Comarca 13 se encuentran Cercedilla, Navacerrada, Becerril de la Sierra, El Boalo, Moralzarzal, Collado Villalba, Galapagar (al Este de la autovía A-6), Torrelodones (al Este de la autovía A-6) y Las Rozas de Madrid (al Este de la autovía A-6).
En la Comarca 14 están Manzanares el Real, Soto del Real y Miraflores de la Sierra.
En la Comarca 15 se incluyen Hoyo de Manzanares, Colmenar Viejo, Tres Cantos, Alcobendas, San Sebastián de los Reyes y Madrid (Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares y Monte de El Pardo).
En la Comarca 16 figuran Galapagar (al Oeste de la autovía A-6), Torrelodones (al Oeste de la autovía A-6), Valdemorillo, Colmenarejo, Las Rozas de Madrid (al Oeste de la autovía A-6), Villanueva del Pardillo, Villanueva de la Cañada, Majadahonda, Boadilla del Monte, Pozuelo de Alarcón y Alcorcón.
En la Comarca 17 se incluye la Unidad Funcional de Fauna: Madrid, con excepción del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, el Parque Regional del Sureste y el Monte de El Pardo.
Además, también están incluidos los términos municipales de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias y Villaviciosa de Odón.
La medida se extenderá un año prorrogable por otro mediante resolución expresa y afectará a aquellos cotos inscritos en las citadas comarcas. Desde la administración se insiste en que es una actuación puntual y sujeta a revisión, en función de la evolución de la población de jabalíes y del impacto que generen en el futuro.

¿Qué otras medidas para cotos de caza se incluyen en la nueva resolución?
La nueva resolución incorpora un conjunto de medidas extraordinarias aplicables a los cotos privados de caza y zonas de caza controlada en los municipios afectados. Estas son:
- Prioridad para las actuaciones selvícolas destinadas a reducir la cobertura vegetal en franjas de 20 metros junto a carreteras con puntos negros.
- Incremento autorizado del 50% en el número de cacerías colectivas previstas en el Plan de Aprovechamiento Cinegético, exclusivamente para jabalí.
- Posibilidad de repetir una mancha ya batida durante la misma temporada en los municipios y comarcas incluidos en el anexo I.
- Aumento del 50% de las acciones cinegéticas en terrenos de gestión pública.
- Los cotos privados de ≥ 250 hectáreas dentro del ámbito del anexo I podrán realizar acciones cinegéticas en iguales condiciones y períodos que los establecidos en la normativa cinegética para los cotos de alta densidad de jabalí.
- Autorización, mediante comunicación indicando coordenadas y períodos de uso, del uso de cámaras de fototrampeo para el seguimiento poblacional del jabalí, debiéndose presentar un informe anual de resultados.
- Colaboración con personal de la administración para la toma de muestras biológicas de ejemplares abatidos en cacerías colectivas.
- Empleo autorizado de visores térmicos acoplados al arma previa solicitud a la Administración competente en materia de medio ambiente para aumentar la efectividad en esperas y aguardos.
- Permiso para usar alimentación natural suplementaria en aguardos, mediante comunicación, en puntos situados a más de 500 metros de carreteras o núcleos urbanos, detallando coordenadas, períodos y cantidad de aporte.
- Simplificación de la justificación de las actuaciones de control, que se considerará acreditada con la información de la Consejería sobre altas densidades de jabalí, daños y accidentes de tráfico provocados por esta especie.
Puedes descargar la resolución oficial pinchando en este enlace.