Hoy 27 de julio de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Orden 1528/2020, de 16 de julio, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles que regirán durante la temporada de caza 2020-2021. Destaca en la nueva normativa la limitación en el cupo de tórtolas y de los días hábiles de esta especie.

Se reduce el cupo y las jornadas de tórtola en media veda

En los cotos privados de caza con superficie igual o superior a 250 hectáreas podrán cazarse la paloma torcaz, la paloma bravía, el estornino pinto, la urraca, la grajilla, la corneja, la codorniz y el zorro, los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos en la Comunidad de Madrid comprendidos entre el día 15 de agosto y el 15 de septiembre, ambos incluidos. Por su parte la tórtola común solo podrá cazarse los sábados y domingos comprendidos entre el último fin de semana de agosto y el primero de septiembre. El cupo de esta última especie será de 8 piezas por cazador y día. En cuanto a la codorniz el cupo se establece en 10 ejemplares.

Temporada general

En terrenos acotados al efecto podrán cazarse los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos desde el día 8 de octubre hasta el 31 de enero del siguiente año, ambos incluidos, excepto la tórtola común, de la que quedará prohibida su caza durante la temporada general.

Períodos hábiles de caza mayor

La caza mayor estará permitida en aquellos cotos que la tengan contemplada en el correspondiente plan técnico desde el día 8 de octubre hasta el día 21 de febrero del siguiente año, ambos incluidos, para el ciervo, el gamo, el muflón y el jabalí. Se podrá cazar también en la modalidad de rececho para el ciervo, muflón y gamo desde el 1 de septiembre hasta el final del período hábil de caza mayor.

Desde el 1 de abril hasta el 30 de junio y desde el 1 al 31 de marzo del siguiente año, ambos incluidos, se habilita la caza de machos de cabra montés; desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre, para machos y hembras de de la misma especie.

Entre el día 1 de abril y el día 31 de julio podrán cazarse machos de corzo. Desde el día 1 de septiembre al 15 de octubre, ambos incluidos, se podrán recechar machos y hembras de esta especie.

Puedes consultar la orden de vedas al completo pinchando en este enlace.