La Xunta de Galicia ha publicado este martes la nueva Orden de Vedas para la temporada 2025/2026, mediante la Resolución de 10 de abril de 2025 de la Dirección General de Patrimonio Natural. Este documento oficial establece los periodos hábiles de caza menor y mayor, regula los controles por daños y actualiza los regímenes especiales por especies, introduciendo algunos cambios relevantes respecto a la normativa vigente en la pasada campaña.
Períodos hábiles de caza menor y mayor
Para la caza menor, el periodo general será el comprendido entre el 19 de octubre de 2025 y el 6 de enero de 2026, ambos inclusive. Durante este tiempo, se permitirá la caza los domingos y festivos, así como los jueves, salvo en terrenos sometidos a régimen cinegético especial donde se disponga lo contrario. Se mantiene la posibilidad de cazar en sábados si así se autoriza en el plan de ordenación cinegética del tecor correspondiente.
Periodos por especies de caza menor

La becada podrá cazarse hasta el 8 de febrero de 2026 en terrenos cinegéticos especiales, con un cupo de 3 ejemplares diarios y no se podrá cazar al paso en puesto fijo. La liebre se autoriza del 19 de octubre al 30 de noviembre de 2025 en terrenos de régimen especial. El conejo, la codorniz, la paloma torcaz, la perdiz roja, el faisán común, el estornino pinto, los córvidos (urraca y corneja), las aves acuáticas y los zorzales podrán cazarse durante el periodo general de caza menor. Para la codorniz y paloma torcaz en la antigua laguna de Antela, se habilita también del 23 de agosto al 14 de septiembre de 2025 bajo autorización especial. La tórtola común solo podrá cazarse en Antela, con precintos obligatorios y máximo de 2 piezas por jornada. El zorro se podrá cazar en el periodo general y, en gestión de poblaciones, mediante batidas desde el 1 de septiembre hasta el 18 de octubre y del 7 de enero al 8 de febrero. Para los zorzales, en los ayuntamientos de Salceda de Caselas, Salvaterra de Miño, Tomiño, O Rosal y Tui de la provincia de Pontevedra el periodo se amplía hasta el 31 de enero. La caza de perdiz pardilla, pato cuchara, tórtola turca, gaviotas varias, paloma bravía, paloma zurita y grajilla queda prohibida.
Periodos por especies de caza mayor

En el caso de la caza mayor, el corzo podrá cazarse en terrenos comunes y especiales entre el 16 de agosto y el 18 de octubre de 2025 para machos adultos, en batida, montería y rececho. En régimen especial, también en rececho del 1 de abril al 31 de julio de 2026. La caza de hembras será excepcional y regulada entre septiembre y octubre o entre enero y febrero, con autorización expresa. El jabalí podrá cazarse en régimen especial desde el 16 de agosto de 2025 hasta el 22 de febrero de 2026 los jueves, sábados, domingos y festivos, y en régimen común de manera más restringida. Además, podrá cazarse durante recechos de corzo si no se alcanza la cuota anual. El ciervo, gamo y muflón podrán cazarse en terrenos especiales: en rececho de septiembre a octubre y, en todas las modalidades, entre octubre y enero. La cabra montés solo se permitirá en los Tecores de O Xurés, en rececho, con periodos diferenciados para machos selectivos y trofeo, y cupos limitados. El rebeco únicamente se podrá cazar en la Reserva Nacional de los Ancares según normas específicas.
Como novedad, la orden recoge el lobo como especie cazable y establece que se podrán autorizar controles excepcionales por daños. No obstante, su caza como norma general estará prohibida.
Puedes consultar la orden de vedas al completo en este enlace.