Los jabalíes siempre han tenido predilección por revolcarse en el petróleo y sus derivados. Se cree que el motivo es su potente olor y el hecho de que puede ayudarles a acabar con los múltiples parásitos que siempre les acechan. Por eso, y porque son muy contaminantes cuando se derraman en el medio, su uso está prohibido y penado por todas las normativas de caza de la mayor parte de los países europeos –incluído el nuestro–.
Usarlo como atrayente era una vieja práctica relativamente extendida en la Península Ibérica durante el siglo pasado. Afortunadamente hoy ya no se lleva a cabo. Pero el hecho de que ya no haya gasoil en nuestros montes no significa que a los jabalíes les haya dejado de gustar. Prueba de ello es el vídeo que ha enviado a la redacción de Jara y Sedal nuestro seguidor Rodrigo Salvador. En él se aperece a un gran jabalí rebozándose en una gasolinera de Sagres, en Portugal, ante la mirada estupefacta de dos personas que acaban de repostar una furgoneta.
Según relata Rodrigo, las imágenes fueron tomadas por un amigo portugués llamado José el pasado viernes por la mañana. El jabalí, que seguramente se dirigiera a su encame para pasar el día descansando, se revuelca con total tranquilidad en la tierra de una zona de la gasolinera que cuenta con restos de hidrocarburos. Además, lo hace sin atender a la presencia humana.
¿Está permitido el uso de atrayentes para jabalíes?
Como norma general, todas las comunidades autónomas prohíben expresamente en sus normativas cinegéticas la realización de cualquier práctica que tienda a atraer o chantear la caza existente en terrenos ajenos. La acción de chantear puede definirse como aquella práctica dirigida a sobresaltar o alarmar la caza que se encuentra en un terreno con la finalidad de predisponerla a la huida o alterar sus querencias naturales. Atraerlas es, precisamente todo lo contrario, aunque igualmente ilegal. Salvo con una excepción: está permitido aportar alimentos a las especies cinegéticas siempre que con ello se pretenda mejorar su hábitat de acuerdo con lo que se prevea en las órdenes generales de veda o en los plantes técnicos de caza autorizados. Te lo cuenta Jaime Valladolid en este enlace.