La Cámara Alta del Congreso dio, a finales de 2021, luz verde al proyecto de ley para modificar el régimen jurídico de los animales en la Ley Hipotecaria, el Código Civil y la Ley de enjuiciamiento civil. La iniciativa, presentada por el Grupo Socialista, pasó a considerar ‘seres sintientes’ a los animales, en vez de cosas o bienes como hasta entonces.

Más allá de otros proyectos del Gobierno como la reforma del Código Civil en materia de maltrato animal o el de la Ley de Bienestar Animal, la citada consideración que desde el año pasado está en vigor en nuestro país supone una gran incertidumbre en cuanto a la inseguridad jurídica que puede generar el robo de un perro desde que se haya considerado como ser sintiente.

¿Qué sucede desde este momento? ¿Y qué problemas asociados a esta situación pueden sobrevenir? Ya en 2021 ofrecimos algunas claves en este medio, pero ahora actualizamos la situación.

«Habrá de ser el Tribunal Supremo el que se pronuncie definitivamente al respecto»

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Un cazador y su perro en una foto de archivo. © Shutterstock

Tal y como expone el abogado Jaime Valladolid, el nuevo artículo 333 bis del Código Civil establece que los animales son seres vivos dotados de sensibilidad, dejando por ende de ser considerados bienes o cosas. «Sin embargo, lo cierto es que dicho precepto también señala que les será aplicable el régimen jurídico de los bienes y de las cosas en la medida en que sea compatible con su naturaleza o con las disposiciones destinadas a su protección», indica.

Tras esta novedad normativa, «algunos jueces han entendido que no puede hablarse de apropiación indebida, robo o hurto de perros u otros animales, por cuanto estos tipos penales exigirían que el objeto de dicha apropiación o sustracción fuera dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble o activo patrimonial», defiende el abogado, especializado también en el mundo cinegético.

Sin embargo, «otros jueces y tribunales continúan entendiendo que dicha conducta sigue siendo constitutiva de estos delitos. De este modo, habrá de ser el Tribunal Supremo el que, una vez más, se pronuncie definitivamente al respecto a fin de zanjar esta nueva controversia jurídica», concluye.

Por lo tanto, la situación aún no está resuelta a pesar de haberse modificado el Código Civil y será el Tribunal Supremo el que deba dictaminar este asunto en los próximos meses.

Lo que puede ocurrir si una protectora recoge a tu perro abandonado

Hay que tener en cuenta que otro de los aspectos más graves de la reforma legal es que si hay indicios de que un perro ha sido maltratado -algo muy subjetivo y que quedaría a interpretación de la persona que lo encuentre- no podrá devolverse al dueño por parte de una protectora. En concreto, la ley afirma que quien encuentre un animal perdido no tendrá la obligación de restituirlo a su propietario en caso de que existan indicios fundados de que el animal haya sido objeto de malos tratos o abandono.

Como apuntaba Valladolid cuando esta reforma del Código Civil se aprobó, además se establece que los gastos destinados a la curación y cuidado de un animal herido o abandonado serán recuperables por quien los haya pagado. En este caso, se refiere a las protectoras, y el abogado incidía en un punto: «Serán recuperables aún cuando hayan sido superiores al valor económico del animal».

Por tanto, si una protectora cogiese a un perro extraviado lo esterilizaría inmediatamente. Y esto es un grave problema porque muchas veces son perros que han sido robados y acaban vagando solos a pesar de que sus legítimos dueños los están buscando, una problemática a la que esta nueva legislación no solo no pone solución sino que promete agravarla.