La Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía ha puesto en marcha una serie de medidas excepcionales para controlar la población de jabalíes que están invadiendo determinadas zonas urbanas y de playa debido a la sequía. Entre estas medidas se encuentra la autorización de medidas excepcionales, como el uso de visores nocturnos o térmicos, una reivindicación alcanzada gracias al trabajo de la Federación Andaluza de Caza. Además, la consejería que dirige Ramón Fernández Pacheco, está ofreciendo asesoramiento a los ayuntamientos para la captura de jabalíes con jaulas o empresas especializadas. También se está insistiendo en la necesidad de que desde los ayuntamientos se traslade a la ciudadanía la importancia de no dar alimentos a estos animales para que no se acerquen a las zonas urbanas atraídos por la comida.

La situación meteorológica que atraviesa Andalucía, con una escasez de lluvias y una falta de agua y alimentos para los animales silvestres, está provocando un desequilibrio ecológico y sanitario que afecta tanto a los ecosistemas naturales como a la agricultura y la ganadería. Los jabalíes y otros ungulados se acercan cada vez más a las zonas urbanas e, incluso, a las playas en busca de comida, lo que puede causar daños en las infraestructuras y perjudicar al turismo.

Además, estos animales pueden atacar a las personas. Este año ya hemos visto varios casos en nuestro país. El último en una playa de Alicante, donde uno de estos animales atacó a dos personas y fue abatido a tiros por la Guardia Civil. Y en la memoria de todos está la del ataque a una niña en una playa de Cadaqués hace justo ahora un año.

La Junta de Andalucía toma cartas en el asunto

Para hacer frente a este problema, la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul ha adoptado una serie de medidas excepcionales que se recogen en dos órdenes publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) en los últimos meses. La primera orden, publicada el 30 de mayo, establece actuaciones cinegéticas excepcionales por la situación meteorológica con el objetivo de reducir y evitar riesgos sanitarios en las poblaciones de ungulados y daños en los ecosistemas, así como también en la agricultura y la ganadería. La segunda orden, publicada el 2 de junio, declara el área de emergencia cinegética temporal por daños y riesgos sanitarios de jabalí y cerdos híbridos, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Entre algunas de las medidas se encuentran el mantenimiento de la suspensión de todas las repoblaciones de jabalíes en cotos de caza de Andalucía. De manera excepcional, y previa solicitud, se podrán estudiar casos concretos en aras de permitirlas.

Otra imagen de jabalíes en la playa.
Otra imagen de jabalíes en la playa. © Shutterstock

Uso de visores acoplados al arma

El uso de visores térmicos o nocturnos acoplados a rifles (armas del tipo D) y de linternas para iluminar es una medida excepcional que se autoriza en cotos de caza mayor y de caza menor con aprovechamiento secundario de caza mayor, para facilitar la identificación de los jabalíes durante el aguardo nocturno, la eficacia en el disparo y seguridad de las personas.  

Excepcionalmente por la situación climatológica de este año, se autoriza el aporte, puntual y concentrado en un solo punto o localización, a una distancia entre los 40 y 75 metros del puesto, de una pequeña cantidad de alimento vegetal o pienso y con una antelación máxima de 3 días a la celebración del aguardo. No se autoriza el aporte de alimentos cárnicos ni la distribución o diseminación de alimentos por lugares distantes del puesto de aguardo.

Caza de jabalíes a rececho y aguardo

En cuanto a la autorización de caza selectiva del jabalí en rececho y aguardo entre el 30 de junio y el 27 de agosto, para practicar dicha caza selectiva no será preciso modificar el Plan Técnico de Caza del terreno cinegético. Tampoco será necesaria una modificación de dicho plan para la instalación de capturaderos temporales, donde se podrá atrapar a grupos de ungulados, seleccionarlos y priorizar las especies a sacrificar.

En el caso de los cotos, los capturaderos ya incluidos en el Plan Técnico de Caza no tendrán la consideración de temporales; mientras que estos capturaderos temporales excepcionales se podrán utilizar para este fin únicamente durante el periodo de vigencia de la caza selectiva en la presente resolución, teniendo que desmontarse o inutilizarse una vez concluido el mismo, salvo que previamente a la finalización del período excepcional fijado, se tramite su inclusión como instalaciones permanentes en el Plan Técnico de Caza del terreno cinegético a través de una modificación puntual.

Por otro lado, la decisión de realizar la caza selectiva es responsabilidad del titular cinegético y deberá ser comunicada a través del Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía, dirigido a la Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la correspondiente provincia con al menos diez días de antelación al inicio de las acciones.

Una vez concluida la aplicación de estas medidas excepcionales de caza selectiva, por decisión del titular y dentro del periodo establecido, se deberán presentar mediante el mismo medio electrónico los resultados alcanzados y el reajuste de poblaciones que supone la caza realizada respecto del cumplimiento general de los objetivos del Plan Técnico de Caza del terreno cinegético afectado.

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