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SEO/BirdLife logra suspender la caza de la codorniz en El Hierro siguiendo el mismo método que en Madrid

La Justicia paraliza cautelarmente la caza de codorniz en la isla justo al arrancar la temporada, tras un recurso de SEO/BirdLife que la entidad celebra como un «triunfo».

La temporada de caza menor en El Hierro (Santa Cruz de Tenerife) ha quedado trastocada a mitad de campaña. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha aceptado la medida cautelar solicitada por SEO/BirdLife contra la Orden de 15 de junio de 2026 que regulaba las épocas hábiles de caza para la temporada 2026-2027, y ha suspendido de forma parcial la autorización para cazar codorniz común en la isla mientras se tramita el recurso de fondo.

La resolución administrativa que hace pública la suspensión, firmada el 13 de octubre, afecta en concreto a los apartados A, B, F y H del artículo 7 de la orden de caza, los que autorizaban capturar codornices en El Hierro. No se trata, por tanto, de una prohibición general de la caza en la isla ni de una sentencia definitiva sobre el fondo del asunto, sino de una medida cautelar que paraliza esa autorización mientras avanza el litigio.

Un nuevo «triunfo» que llega tras el golpe judicial en Madrid

SEO/BirdLife ha presentado la decisión en sus redes sociales como un éxito, con mensajes que hablan de «triunfo» frente al Tribunal Superior de Justicia de Canarias y que insisten en el riesgo de una supuesta mortalidad irreversible sobre la especie. Es el mismo argumento con el que la organización ecologista consiguió, apenas unos días antes, que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid suspendiera cautelarmente la caza de nueve especies de aves silvestres en esa comunidad: perdiz roja, codorniz común, becada, zorzal alirrojo, zorzal real, paloma zurita, paloma bravía, corneja negra y urraca, en un auto fechado el 6 de octubre de 2026 que entró en vigor de inmediato y dejó sin margen de reacción a miles de cazadores madrileños que ya habían organizado su temporada conforme a la orden de vedas autonómica.

La coincidencia temporal entre ambos recursos, presentados por la misma entidad contra dos órdenes autonómicas distintas y resueltos en cuestión de días justo cuando arrancaban o estaban en marcha las respectivas campañas, alimenta en el sector cinegético la sensación de que se trata de una estrategia reiterada para paralizar la actividad antes de que exista una sentencia sobre el fondo del litigio. Son hechos constatables que ambas medidas cautelares parten de recursos impulsados por SEO/BirdLife contra órdenes de la temporada 2026-2027; del mismo modo que han intentado hacer en otras comunidades autónomas como Castilla-La Mancha, si bien en este caso su reclamación no ha derivado en una medida cautelar.

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Codorniz. © Shutterstock

La propia SEO/BirdLife admitió que no sabe cuántas codornices hay en España

El debate resulta especialmente delicado porque la propia organización ha reconocido en público las limitaciones de su principal herramienta de seguimiento para calcular poblaciones. Tal y como contó Jara y Sedal, Mario Gómez, representante de SEO/BirdLife, admitió durante el Foro Nacional de la Codorniz celebrado en Valladolid que el programa SACRE —basado en censos auditivos de machos cantando en primavera— ofrece solo una primera valoración de tendencias, pero no sirve para determinar el tamaño real de la población, una contradicción que convive con el hecho de que esos mismos datos sigan empleándose como base técnica para justificar restricciones a la caza.

Ese reconocimiento resultó especialmente relevante porque los datos procedentes de ese programa son precisamente los que se han utilizado como base para el informe que España presentó en el debate europeo sobre el futuro de la especie.

El trabajo de campo de los cazadores, fuera de la ecuación

El sector cinegético lleva años reclamando que se tengan en cuenta los datos reunidos por cazadores, gestores y proyectos especializados en el seguimiento de la codorniz. Entre ellos destaca Coturnix, el mayor estudio poblacional sobre la especie realizado en Europa, con seis años de seguimiento continuado y un método de trabajo —el Seguimiento Específico de la Codorniz— tomado como referencia por investigadores de distintos países.

Jara y Sedal ya informó de que la Comisión Europea ha estudiado restricciones a la caza de la codorniz sin tener en cuenta los datos de ese proyecto, pese a su volumen y continuidad. Una vez más el patrón se repite: decisiones que afectan al futuro de una especie cinegética se toman sin tener en cuenta los trabajos de campo ni los datos aportados por quienes pisan las mismas parcelas que las codornices. Los guardas, las sociedades cinegéticas y los técnicos insulares que llevan años registrando capturas, jornadas y presencia de la especie en el terreno acumulan un conocimiento práctico que raramente se traslada a los informes que terminan sobre la mesa de un juzgado.

Inseguridad jurídica para el cazador que ya organizó su temporada

La consecuencia inmediata para quien caza en El Hierro es clara: la codorniz no puede cazarse mientras la suspensión esté vigente, aunque figure autorizada en el texto original de la orden publicada en junio. El problema es que esa orden fue la única referencia con la que cazadores, guardas y sociedades prepararon su temporada, pagaron licencias y organizaron sus jornadas de campo. Un cambio de este tipo, acordado por un tribunal a instancias de una asociación privada y sin que medie un anuncio público inmediato y accesible para el cazador medio, traslada todo el riesgo al eslabón más débil de la cadena: quien sale al monte confiando en una norma que creía vigente.

Un cazador de codorniz en el campo.
Un cazador de codorniz en el campo. © Israel Hernández

El respaldo normativo de la orden canaria procede de las competencias exclusivas que el Estatuto de Autonomía atribuye a Canarias en materia cinegética, desarrolladas por la Ley 7/1998, de 6 de julio, de Caza de Canarias y su reglamento. Esa norma recoge en su capítulo X el régimen sancionador aplicable, con infracciones clasificadas en leves, menos graves, graves y muy graves; entre las menos graves figura expresamente incumplir los cupos y modalidades fijados en la orden regional de caza, mientras que cazar fuera de los periodos autorizados puede alcanzar la calificación de infracción grave, con las consiguientes sanciones económicas y la eventual anotación en el Registro Regional de Infractores de Caza. La aplicación concreta de ese régimen a quien cace codorniz durante la vigencia de la suspensión corresponde valorarla a la Administración canaria en cada expediente, por lo que la prudencia es, ahora mismo, la mejor defensa del cazador.

Por eso la recomendación práctica no admite matices: mientras no haya una comunicación oficial clara del Gobierno de Canarias o del Cabildo de El Hierro, o una modificación judicial del auto, la codorniz debe quedar fuera de cualquier plan de jornada en la isla, y conviene revisar a diario el Boletín Oficial de Canarias y los canales oficiales del cabildo antes de salir al campo. La orden de junio ya no basta, por sí sola, para conocer la situación jurídica real de la especie.

Un patrón que se repite temporada tras temporada

La presión para restringir la caza de la codorniz no es nueva. En 2022, una propuesta impulsada por SEO/BirdLife para incluir la especie en el Catálogo Español de Especies Amenazadas llegó a plantearse ante el Comité de Flora y Fauna Silvestres del entonces Ministerio para la Transición Ecológica, aunque finalmente la votación se aplazó tras aportarse un informe del proyecto Coturnix, un episodio que la propia Administración dejó entonces abierto a una futura reconsideración. El pulso por los datos y por el peso que debe dárseles sigue, cuatro años después, sin resolverse, y Canarias es ahora el escenario donde ese conflicto vuelve a dirimirse en los tribunales en lugar de en el debate técnico.

Los recursos de Madrid y Canarias dejan sobre la mesa el mismo problema que el sector lleva tiempo señalando: una orden de caza publicada conforme a derecho puede verse paralizada en pleno desarrollo de la temporada por una medida cautelar, antes de que exista una sentencia sobre el fondo del asunto. Frente a ese escenario, la respuesta pasa por mejorar los datos poblacionales y una participación real de técnicos, administraciones, gestores y cazadores en la toma de decisiones, no por convertir cada arranque de temporada en una carrera contra el calendario judicial.

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