La publicación oficial ayer en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de los períodos hábiles de caza para la temporada 2023/24 ha suscitado numerosas dudas, consultas y quejas en relación al comienzo de la media veda un jueves, día laborable para muchos cazadores. Por ello, desde la Federación Andaluza de Caza han explicado las razones que han llevado a la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul a establecer este periodo hábil para la temporada estival.

Lo primero que debes saber es que desde 2018 la Junta de Andalucía no publica anualmente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) una Orden General de Vedas. En su lugar, publica una Resolución que modifica los períodos hábiles de caza de la Orden de Vedas de 2018 para adaptarlos al calendario de la temporada actual e introducir los cambios necesarios.

Así se consigue agilizar toda la tramitación legal y burocrática de los períodos hábiles de caza, evitando que se retrase en exceso su publicación en BOJA.

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¿Cómo establece la Junta de Andalucía el período hábil para la Media Veda?

Desde 2022, la Junta de Andalucía determina que la Media Veda se establecerá en el periodo comprendido «entre el primer día hábil y el último día hábil del periodo entre el 21 de agosto y el 28 de septiembre».

Este año, el 21 de agosto es lunes, por lo que el primer día hábil dentro del periodo señalado es el jueves 24 de agosto, día en que comenzará la media veda.

¿Por qué la Junta de Andalucía redacta así los períodos hábiles de caza?

Se trata de la «técnica legislativa» que emplea la Junta de Andalucía para respetar y cumplir los periodos de cría, reproducción y migración establecidos por el Comité NADEG (Nature Directives Expert Group), algo a lo que están obligados todos los países de la Unión Europea.

En 2021, el Comité NADEG revisó y actualizó los periodos de cría, reproducción y migración de las aves migratorias cinegéticas, estableciendo para la media veda el primer día de caza el 21 de agosto. Por tanto, arrancar el período antes de esta fecha supondría incumplir las directrices del Comité NADEG.

¿Este sistema de redacción es nuevo?

Sí. A finales de 2021, el Comité NADEG revisó y actualizó los periodos de reproducción y migración de las aves migratorias cinegéticas, estableciendo para la media veda el primer día de caza el 21 de agosto.

En base a esta actualización, la Junta de Andalucía revisó la manera en que se establecen los períodos hábiles (para respetar siempre estos períodos dictados por NADEG). Por eso, los cambios se producen desde la Orden de Vedas de 2022.

¿Qué ocurre si no se respetan los períodos dictados por NADEG?

Si los períodos hábiles de caza de cualquier territorio incumplen los periodos de reproducción y migración dictados por el Comité NADEG, la Comisión Europea puede imponer fuertes sanciones contra dichas regiones. Incluso puede suponer la suspensión o prohibición de caza de la especie cinegética sobre la que se esté incumpliendo el período establecido.

El Comité NADEG es un grupo de expertos que asesora a la Comisión Europea en materia de normativas relacionadas con la conservación y la biodiversidad y cuyas decisiones afectan directamente a la caza.