El Tribunal Superior de Justicia de Murcia obligará a los pescadores a sacrificar las especies invasoras que capturen como carpas y truchas arcoíris. Así se ha dado a conocer en los últimos días en una información a la que ha tenido acceso el medio regional La Verdad.

Una sentencia dictada a finales de julio por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de la Región de Murcia obliga a que se cumpla la normativa con respecto a los peces exóticos contenida en la orden de vedas aprobada por la Comunidad Autónoma para la temporada 2019-2020, que la Federación de Pesca impugnó en los tribunales por considerarla lesiva para sus intereses.

Según detalla el citado medio, el TSJ rechaza todas las pretensiones de la federación y además la condena al pago de las costas. En primer lugar, desestima que la trucha arcoíris y la carpa común sean tratadas como especies pescables, consideración que tuvieron tradicionalmente hasta que una sentencia del Tribunal Supremo obligó a incluirlas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, una circunstancia que obliga a una gestión más restrictiva, encaminada a su erradicación por los perjuicios que causan a la fauna local.

La Sala de lo Contencioso Administrativo justifica su decisión en que la Comunidad carece de competencias sobre el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, que emana de una ley nacional, la de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, detalla La Verdad.

Lo que prohíbe la orden de vedas es su gestión fuera de los cotos deportivos autorizados. El aprovechamiento de estas especies, como el de otras invasoras como la lucioperca, el lucio y el black-bass, está permitido de forma controlada en zonas delimitadas, donde se liberan para su pesca. En el caso de la trucha arcoíris, estas sueltas «podrán realizarse con ejemplares criados en cautividad, procedentes de cultivos monosexo y sometidos a tratamiento de esterilidad», para evitar su reproducción, según la orden de vedas recurrida por la Federación de Pesca.

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