ARRECAL acaba de realizar un análisis técnico del proyecto de Ley para la reforma del Código Penal que pone en evidencia la grave amenaza que supone para el mundo rural en general y para la caza y la pesca en particular si es aprobada en los términos actuales. Como ya ha denunciado Jara y Sedal en repetidas ocasiones, esta reforma –planteada desde la facción anticaza del Gobierno– busca poner en riesgo la actividad cinegética al extender la consideración de maltrato animal de los animales domésticos a todos los animales vertebrados.
El análisis, realizado por el despacho de abogados Ballesteros y Asociados en forma de díptico, da respuesta a las siguientes preguntas.
¿Por qué es letal para quienes tienen animales la reforma del delito de maltrato animal que aprobó el Consejo de Ministros en agosto de 2022?
El Gobierno ha tramitado por vía urgente un Proyecto de Ley para la modificación del delito de maltrato animal. El proyecto es letal para la caza:
a) Porque amplia el delito a muchos más supuestos (toda lesión no imprudente será delito).
b) Porque lo extiende a todos los “animales vertebrados”. Hasta ahora sólo se aplicaba a los animales domésticos y asimilados.
c) Se aumentan las penas notablemente hasta los tres años de prisión en el caso de la muerte del animal (hasta ahora eran 18 meses como máximo). Y en el caso de las lesiones se elevan hasta (18 meses).
d) Toda lesión no imprudente que requiera tratamiento médico será un delito.
e) Se prevén hasta 10 circunstancias agravantes que permitan aplicar penas aún más altas.
f) Toda lesión no imprudente menor (que no requiera tratamiento médico) será delito leve. De esta forma cualquier lesión no imprudente será considerada delito y permitirá la imputación.
A ello se suma el Proyecto de Bienestar, Derechos y Protección de los animales en la vía administrativa, que supone más y nuevas prohibiciones; más y nuevas obligaciones para con los animales; más y nuevas sanciones, muchas de ellas desproporcionadas. El texto no se ha modificado y aunque se ha presentado una enmienda por el propio partido del gobierno, en la propia enmienda se dice expresamente que se dejan subsistentes las obligaciones del art. 24 y las prohibiciones el art. 27 de este proyecto de Ley.
De aprobarse estas dos normas, la actividad cinegética se vería muy amenazada. El acoso legal a las rehalas que ya vienen sufriendo nuestros rehaleros, se vería incrementado.
¿Modifica algo la situación la enmienda presentada por el PSOE a la ley animalista?
La modifica parcialmente respecto de la Ley administrativa. La enmienda presentada por el PSOE pretende sacar los perros de rehala, perros de caza y perros de caza en general del ámbito de aplicación del proyecto de Ley. Es una paradoja –explica ARRECAL– que esto se ha hecho después de aprobar en el mes de agosto y por trámite de urgencia en Consejo de Ministros un proyecto de ley que ha despertado el rechazo unánime de todos los sectores afectados.
Aún así, la enmienda tiene que ser aprobada. Por otro lado deja claro, que las obligaciones del art. 24 y las prohibiciones del art. 27 de la Ley siguen en vigor. Sigue generando incertidumbre e inseguridad jurídica.
En ningún caso la enmienda del PSOE, pendiente de aprobación, modifica el régimen legal que instaurará el nuevo delito de maltrato animal que quiere aprobar el Gobierno y respecto del cual no hay aprobada o modificación alguna.
El proyecto de modificación del delito de maltrato animal sigue tal cual, lo que sigue siendo inasumible desde el punto de vista jurídico para las rehalas, perros de caza, perros pastores y en general perros de trabajo. Cualquier lesión no imprudente causada a un animal vertebrado (desde un pez a una rata, pasando por un jabalí o un conejo sería considerada delito).
Puedes descargar aquí el díptico informativo completo.