Andalucía ha estrenado el año 2022 con la entrada en vigor el pasado sábado 1 de enero de la nueva Ley de Tasas y Precios Públicos, y los cazadores están de enhorabuena: a partir de ahora, los que estén federados pagarán la mitad en su licencia y los menores que también estén federados estarán exentos de pagar por ella. Asimismo, también exentas del pago las personas mayores de 65 años, aunque dichos beneficios fiscales no eximirán a los beneficiarios de la obligación de solicitar las licencias pertinentes.
José María Mancheño, presidente de la Federación Andaluza de Caza, ha mostrado su satisfacción a Jara y Sedal tras hacerse oficial la medida: «llevamos dos años trabajando con el Gobierno Andaluz para conseguir estos beneficios fiscales para nuestros federados. De hecho, es uno de los compromisos planteados a todos los partidos en la camapaña #LaCazaTambienVota, al exigir medidas que permitan socializar la caza y facilitar el acceso a la actividad a toda la población andaluza». En este sentido, Mancheño cree que el objetivo es especialmente positivo «en el caso de los menores de edad federados, que podrán obtener la licencia de caza sin coste, permitiendo así garantizar y afianzar el relevo generacional».
Además, también se rebaja la licencia de rehalas de los casi 309 euros que costaba actualmente a algo más de 42 euros a partir de ahora, tal y como establece el art. 233 de la nueva Ley de Tasas.
Los nuevos precios de las licencias de caza
En este cuadro mostramos los precios que pagarás por tu licencia de caza en Andalucía teniendo en cuenta que si estás federado pagarás tan sólo el 50% y si eres menor de 18 años federado estarás exento de pagar el 100% de los precios que aparecen. Es decir, si eres cazador de mayor y menor con arma, tienes más de 18 años y estás federado, este año solo pagarás 13,33 euros.
Esta medida se asemeja, pero no se iguala, a la tomada en Castilla-La Mancha, donde el gobierno de Emiliano García-Page ha eliminado el precio de su licencia de caza, haciéndola gratuita para todos los habitantes de esta región.
El texto íntegro del artículo 233
A continuación reproducimos el texto íntegro publicado en la nueva Ley de Tasas.
1. En relación con la tasa por expedición de licencias de caza en Andalucía, se establecen los siguientes beneficios fiscales:
a) Estarán exentas del pago las personas que, a la fecha del devengo de la tasa, sean mayores de sesenta y cinco años, respecto a la expedición de licencia para la práctica de la actividad cinegética en Andalucía o la dedicación de medios auxiliares de caza a la actividad, conforme a la legislación vigente.
b) Tendrán derecho a una bonificación del 50% las personas que, a la fecha del devengo de la tasa, sean menores de dieciocho años, excepto para las licencias de rehala y las licencias de caza temporal, las cuales no gozarán de bonificación alguna.
c) Tendrán derecho a una bonificación del 50% las personas cazadoras federadas en la Federación Andaluza de Caza que tramiten su licencia a través de la propia Federación Andaluza de Caza. Esta bonificación es acumulativa a la de menores de dieciocho años prevista en el párrafo anterior.
Dichos beneficios fiscales no eximirán a los beneficiarios de la obligación de solicitar las licencias procedentes.
2. Tendrán derecho a una bonificación en la cuota por matrícula anual para el mantenimiento de la condición de coto de caza en Andalucía del 50% los cotos deportivos, respecto del importe de la matrícula que resulte de aplicar el importe del aprovechamiento por la superficie del coto.
3. Tendrán derecho a una bonificación del 70% por el precintado de redes, artes y otros medios de caza en Andalucía, cuando se superen los 50 precintos o medios autorizados para un mismo solicitante.