El Gobierno aprovechó las vacaciones estivales para dar un nuevo impulso a su polémica Ley de Bienestar Animal, que cuenta con una fortísima oposición que se materializó en la masiva manifestación del mundo rural el pasado 20 de marzo en Madrid, donde más de medio millón de personas colapsaron las calles de la capital. Esta nueva normativa, redactada desde los postulados animalistas más radicales, ha sido muy criticada por la comunidad científica y por todos los sectores afectados por ellos.

Entre las polémicas medidas a las que obligará el nuevo texto se encuentra la de la obligatoriedad de contratar un seguro a todos los dueños de perros además de obligarles también a tener que hacer un curso. En concreto, el anteproyecto de ley establece que los propietarios de canes tendrán que contratar un seguro para todos los tipos de perros, independientemente de su raza. Hasta ahora no era obligatorio a nivel nacional, sólo en Madrid y País Vasco, donde los dueños de perros deben contar con una póliza de responsabilidad civil.

Si la ley animalista sale adelante, le costará a los españoles unos 245 millones al año en total y solo en cuanto a esta medida, según ha advertido la Asociación Nacional de Fabricantes de Animales de Alimentos de Compañía, ya que cada uno de los propietarios de canes tendrá que pagar como mínimo 25 euros anuales para asegurarlos. Además, la futura ley animalista también les obligará a la realización de un curso de formación para su lícita tenencia.

¿Qué dice el artículo 35 del anteproyecto que obliga a contratar un seguro y realizar un curso para tener perro?

Artículo 35 del Anteproyecto de ley de bienestar animal.

En concreto, el artículo 35 del Anteproyecto de la Ley de Bienestar Animal en el que se incluye la obligatoriedad de contratar un seguro y realizar un curso de capacitación para tener perros señala lo siguiente:

Artículo 35. Formación para la tenencia de perros. Sociabilidad.

1. Las personas titulares o responsables de los perros deberán haber realizado previamente un curso de formación acreditado para la tenencia de perros, cuyo contenido se determinará reglamentariamente.

2. Todos los perros deberán cumplir los criterios de clasificación por sociabilidad, cumpliendo los mecanismos de validación de comportamiento y socialización determinados reglamentariamente.

3. Las personas titulares o responsables de los perros deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil.