Agentes de la Policía Foral, adscritos al Grupo Investigación Medioambiental, han imputado a un vecino de Pamplona un supuesto delito contra la fauna tras haber matado cuatro aves de especies protegidas utilizando artes prohibidas no selectivas.

Según ha informado Europa Press, los hechos ocurrieron el pasado mes en el paraje de ‘La Morea’ de Pamplona y fueron detectados como consecuencia de las labores de vigilancia y prevención de delitos contra la fauna. La patrulla que investigó el caso detectó diversas ubicaciones en las que se habían colocado cepos «de costilla» para capturar aves.

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Las cuatro aves capturadas por el vecino de Pamplona.

Dos petirrojos y dos currucas capirotadas

Las pesquisas policiales permitieron identificar a un varón como presunto autor de los hechos, a quien se le incautaron cuatro ejemplares de fauna protegida: dos petirrojos y dos currucas capirotadas, artes prohibidas no selectivas, diversos elementos para la captura ilegal de aves, jaulas y tres carabinas de aire comprimido, según ha detallado la Policía Foral en una nota de prensa.

La necropsia practicada a las cuatro aves confirmó que habían muerto por las lesiones sufridas al ser atrapadas en cepos u objetos similares. Con todo ello los agentes elaboraron el correspondiente atestado, que se remitió al Juzgado de Guardia de Pamplona y a la Fiscalía de Medio Ambiente.

Elementos imputados al vecino investigado. © Policía Foral

Un delito que puede ser castigado con cuatro a seis meses de prisión

Según recoge Europa Press, en una información facilitada por la Policía Foral, el Código Penal castiga con pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses -además de inhabilitación para el ejercicio de la caza o la pesca de uno a tres años- a quien, sin estar legalmente autorizado, emplee para la caza o pesca veneno, medios explosivos u otros instrumentos o artes de similar eficacia destructiva o no selectiva para la fauna.

Del mismo modo, el Código Penal castiga con pena de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses -además de la misma inhabilitación indicada anteriormente si bien en este caso de dos a cuatro años- a quien, contraviniendo las leyes u otras disposiciones de carácter general cace, pesque, adquiera, posea o destruya especies protegidas de fauna silvestre.