Este miércoles, 8 de febrero, se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) la resolución por la se declara de nuevo la comarca de emergencia cinegética temporal por daños causados por los conejos en 292 municipios de Castilla-La Mancha. Esta declaración autoriza el control extraordinario de conejo de monte por daños de esta especie a cultivos agrícolas.

El director general de Medio Natural y Biodiversidad, Félix Romero, ha señalado en una nota de la Junta que con este documento se permite la adopción de medidas de control en terrenos cinegéticos y no cinegéticos en los que existan daños significativos causados por conejo en los cultivos. «El control de conejos que incluye esta norma queda limitado a aquellas superficies agrícolas en las que exista una sobrepoblación y daños importantes a las explotaciones agrícolas causados por esta especie cinegética», ha recalcado Romero.

292 municipios afectados en la región

Conejos de monte.
Conejos de monte. © Shutterstock

La Resolución de Comarca de Emergencia Cinegética Temporal por daños causados por el conejo contempla el control de esta especie en un total de 292 municipios de la región en las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo. El año pasado, se declaró la comarca de emergencia cinegética en 279 poblaciones.

En este sentido, la nueva resolución establece también los periodos de control. De este modo, en terrenos cinegéticos se permite la captura del conejo de monte mediante hurón y capillo o redes y sin perro hasta el 8 de febrero de 2024. Por otro lado, se autoriza la captura mediante hurón y escopeta desde el 7 de febrero hasta el 30 de abril 2023 y del 1 de junio al 15 de agosto, sin perro, en zonas de alta concentración de madrigueras. La autorización para el uso de perros será a partir del 1 de agosto. En lo que respecta al periodo hábil de caza del conejo, se permite el uso de perros con captura con escopeta del 1 de junio al 15 de agosto de 2023.

Por su parte, en terrenos no cinegéticos, como parcelas agrícolas fuera de terreno cinegético o zonas de seguridad viarias o dominio público hidráulico, se autoriza la captura mediante hurón y capillo o redes sin perro, hasta el 8 de febrero de 2024.

Estos son los municipios afectados

Provincia de Albacete: Abengibre, Albacete, Albatana, Alborea, Almansa, Alpera, Balazote, Barrax, Bonete, Casas de Juan Núñez, Casas-Ibáñez, Caudete, Cenizate, Chinchilla de Monte-Aragón, Corral-Rubio, Fuensanta, FuenteÁlamo, Fuentealbilla, Golosalvo, Hellín, Higueruela, Hoya-Gonzalo, Jorquera, La Gineta, La Herrera, Lezuza, Madrigueras, Mahora, Minaya, Montalvos, Montealegre del Castillo, Motilleja, Munera, Navas de Jorquera, Ontur, Ossa de Montiel, Pétrola, Pozo Cañada, Pozohondo, Pozo-Lorente, Roda (la), Tarazona de la Mancha, Tobarra, Valdeganga, Villalgordo del Júcar, Villamalea, Villarrobledo y Villavaliente.
b) Provincia de Ciudad Real: Alcazar de San Juan, Alhambra, Almagro, Arenales de San Gregorio, Arenas de San Juan, Argamasilla de Alba, Bolaños de Calatrava, Campo de Criptana, Carrión de Calatrava, Ciudad Real, Daimiel, Fernancaballero, Herencia, La Solana, Las Labores, Llanos del Caudillo, Manzanares, Membrilla, Miguelturra, Pedro Muñoz, Poblete, Pozuelo de Calatrava, Puerto Lápice, San Carlos del Valle, Socuéllamos, Tomelloso, Torralba de Calatrava, Valdepeñas, Villarrubia delos Ojos y Villarta de San Juan.

Provincia de Cuenca: Alarcón, Alcázar del Rey, Alconchel de La Estrella, Almendros, Almonacid del Marquesado, Atalaya del Cañavate, Barajas de Melo, Belinchón, Belmonte, Buenache de Alarcón, Cañada Juncosa, Campillo de Altobuey, Carrascosa de Haro, Casas de Benítez, Casas de Fernando Alonso, Casas de Guijarro, Casas de Haro, Casas de los Pinos, Casasimarro, Castillejo de Iniesta, Castillo de Garcimuñoz, El Acebrón, El Cañavate, El Herrumblar, El Hito, El Pedernoso, El Peral, El Picazo, El Provencio, Fuente de Pedro Naharro, Fuentelespino de Haro, Gabaldón, Graja de Iniesta, Honrubia, Hontanaya, Hontecillas, Horcajo de Santiago, Huelves, Iniesta, La Alberca de Záncara, La Almarcha, Las Mesas, Las Pedroñeras, Ledaña, Leganiel, Los Hinojosos, Minglanilla, Monreal del Llano, Montalbanejo, Montalbo, Mota del Cuervo, Motilla del Palancar, Olmedilla de Alarcón, Osa de la Vega, Pinarejo, Pozoamargo, Pozorrubielos de la Mancha, Pozorrubio de Santiago, Puebla de Almenara, Puebla del Salvador, Quintanar del Rey, Rada de Haro, Saelices, San Clemente, Santa Maria de los Llanos, Santa Maria
del Campo Rus, Sisante, Tarancón, Tébar, Torrubia del Campo, Torrubia del Castillo, Tresjuncos, Tribaldos, Uclés, Valhermoso de la Fuente, Valverde del Júcar, Vara de Rey, Villaescusa de Haro, Villagarcía del Llano, Villalgordo del Marquesado, Villalpardo, Villamayor de Santiago, Villanueva de la Jara, Villar de Cañas, Villar de la Encina, Villarejo de Fuentes, Villarrubio, Villarta y Zarza de Tajo.

Provincia de Guadalajara: Albares, Almoguera, Alovera, Azuqueca de Henares, Cabanillas del Campo, Chiloeches, Driebes, Fontanar, Guadalajara, Horche, Illana (incluido despoblado de Aldovera), Marchamalo, Mazuecos, Mohernando, Mondéjar, Pozo de Almoguera, Pozo de Guadalajara, Quer, Torrejón del Rey, Tórtola de Henares, Valdeaveruelo, Villanueva de la Torre, Yebes, Yebra y Yunquera de Henares.

Provincia de Toledo: Ajofrín, Alameda de la Sagra, Albarreal del Tajo, Alcabón, Almonacid de Toledo, Añover de Tajo, Arcicollar, Barcience, Bargas, Borox, Burguillos de Toledo, Burujón, Cabañas de la Sagra, Cabañas de Yepes, Cabezamesada, Camarena, Camarenilla, Camuñas, Carmena, Casarrubios del Monte, Cedillo del Condado, Chozas de Canales, Chueca, Ciruelos, Cobeja, Cobisa, Consuegra, Corral de Almaguer, Dosbarrios, El Romeral, El Toboso, El Viso de San Juan, Escalonilla, Esquivias, Fuensalida, Gerindote, Guadamur, Huecas, Huerta de Valdecarabanos, Illescas, La Guardia, La Puebla de Almoradiel, La Puebla de Montalbán, La Villa de Don Fadrique, Las Ventas de Retamosa, Lominchar, Lillo, Madridejos, Magan, Manzaneque, Maqueda, Mascaraque, Miguel Esteban, Mocejón, Mora, Nambroca, Noblejas, Novés, Numancia de la Sagra, Ocaña, Olías del Rey, Ontígola, Orgaz, Palomeque, Pantoja, Portillo de Toledo, Quero, Quintanar de la Orden, Quismondo, Recas, Rielves, Santa Cruz de la Zarza, Santa Olalla, Santo Domingo-Caudilla, Seseña, Sonseca, Tembleque, Toledo, Torre de Esteban Hambran, Torrijos,
Turleque, Ugena, Valmojado, Villacañas, Villafranca de los Caballeros, Villaluenga de la Sagra, Villamiel de Toledo, Villaminaya, Villamuelas, Villanueva de Alcardete, Villanueva de Bogas, Villarrubia de Santiago, Villaseca de la Sagra, Villasequilla, Villatobas, Yeles, Yepes, Yuncler, Yunclillos y Yuncos.

Se limita el control de zorros

estudio predadores
Zorro. © Shutterstock

Asimismo, la Resolución de Comarca de Emergencia Cinegética Temporal por daños causados por el conejo también establece una limitación al control de zorros fuera del periodo hábil en un total de 55 municipios.

«Todas las medidas adoptadas en esta declaración están evaluadas de forma minuciosa con el objeto de no afectar la evolución de la especie y del resto de las que dependen de ella, ya que la presencia controlada del conejo es también muy importante en la cadena trófica para especies como el águila imperial o el lince ibérico», ha incidido Romero.