Llevaba 25 años en plantilla y ahora su vida ha cambiado por completo. Un trabajador de Emaya, en Mallorca, ha sido despedido de su puesto de trabajo, mientras se encontraba de baja por una lesión en el codo, después de que la empresa pública entendiera que existió «un incumplimiento de la buena fe».

Como fruto de su trabajo de investigación, un detective privado sorprendió al trabajador yendo durante tres días seguidos de caza y pesca. De ellos, en dos fue visto en una barca y en el tercero en un coto de caza portando una escopeta.

Sobre este caso y teniendo en cuenta dicha investigación, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) ha respaldado la decisión de la empresa pública.

De caza y pesca con codo de tenista

No era la primera vez que el trabajador se daba de baja. Antes de esta ocasión, ya había pasado por dos bajas previas de un mes de duración provocadas por la misma lesión: codo de tenista.

Todas ellas, al igual que esta última de la que hablamos, tuvieron lugar en otoño. Durante sus 20 días de duración fue cuando la empresa decidió contratar los servicios de un detective privado.

De este modo, el informe le localizó en una primera jornada de pesca de cinco horas, a la que acudió con otra persona. A su llegada al puerto, se le vio coger un tronco del agua con las dos manos. En el segundo día salió en barca con cuatro cañas.

Por último, el tercer día fue localizado en un coto privado con dos perros y una escopeta. Estas tres ocasiones dieron inicio al expediente elaborado por el profesional.

El TSJIB aprobó la medida de Emaya

En un primer momento, un juzgado de lo Social de Palma consideró proporcionada la medida de despido. De igual forma lo hizo también el TSJIB: «No existe desproporción en la medida que han sido demostradas actividades físicas reiteradas contrarias al normal desarrollo de una situación de incapacidad laboral».


Estas son las situaciones que provocan más lesiones en la caza


El texto de la sentencia comienza destacando que las tres bajas coincidieran en los meses de otoño a lo largo de los tres años seguidos que han tenido lugar. Esto, por lo tanto, denotó la actuación de vigilancia por parte de la compañía.

Asimismo, recalca que las actividades se produjeran en tres días consecutivos. «El trabajador debería haberse reincorporado a la empresa con la finalidad de evitar cualquier tipo de transgresión de la buena fe contractual», indica la sentencia.

El tribunal, además, también descartó la presencia de una serie de supuestas anomalías que podían haberse dado en la tramitación del expediente.

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