El Juzgado de Primera instancia nº5 de Guadalajara, con fecha 17 de febrero de 2023, ha dictado Sentencia en este caso y desestima íntegramente la demanda de un agricultor contra el titular de un coto de dicha provincia.

La razón alegada fueron los daños sufridos en unos almendros que, supuestamente, habían sido provocado por los corzos del acotado. Con motivo de estos hechos, el demandante reclamaba al titular de este una indemnización de 11.626 euros.

La otra parte, en este caso la demandada, es una sociedad local de cazadores que gestiona un coto en la provincia. Desde ella han manifestado, entre otros muchos motivos, que el actor no había acreditado ser el propietario de los almendros ni de la parcela donde se encuentran ubicados.

El agricultor tendrá que abonar las costas procesales

Tal y como ha informado Jaime Valladolid -director del despacho profesional JV abogados especializado en Derecho Rural y Medioambiental, encargado de asumir la defensa jurídica de la sociedad local de cazadores y habitual colaborador de Jara y Sedalla Justicia ha desestimado dicho requerimiento. Además, ha condenado al agricultor al abono de las costas procesales causadas.

La sentencia concluye que, en efecto, «en el acto de la vista, D. (…), reconoció que la finca es propiedad de su madre, Dª (…) y, con ello, que no es correcto lo expuesto en el hecho primero de su demanda».

«En consecuencia, reclama una indemnización para sí, por daños en una finca sobre la que no consta que sea titular de derecho alguno, de forma que no puede reconocérsele la condición de perjudicado, presupuesto necesario para el ejercicio de la acción de responsabilidad extracontractual. (…) Todo lo expuesto obliga a la desestimación de la demanda», dictamina el texto.