La Generalitat prohíbe todas las batidas y las acciones de caza colectiva en la región, entendiendo como tales aquellas en las que participen dos o más cazadores en el territorio de Cataluña.

Redacción JyS

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La Generalitat de Cataluña ha prohibido, a través del Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, todas todas las batidas y las acciones de caza colectiva en la región, entendiendo como tales aquellas en las que participen dos o más cazadores en el territorio de Cataluña.

Aún así, por razones de prevención de los accidentes de tráfico, daños a la agricultura o a la ganadería y riesgos en sanidad animal (prevención de la entrada de la peste porcina africana y de transmisión de la tuberculosis bovina), se exceptúan de esta prohibición las comarcas del Alt y Baix Empordà, Garrotxa, Pla de l’Estany, Gironès, la Selva y Osona, además de todas las actuaciones en la aplicación de autorizaciones excepcionales por daños a la agricultura.

Además, el texto añade que «cuando sea necesario realizar una batida o una acción de caza colectiva, las reuniones previas de preparación o las reuniones finales deberán realizarse en lugares abiertos y los cazadores deberán permanecer a un mínimo de un metro entre sí».

Por otra parte no se autorizará, en lo previsto en la normativa aplicable, ningún concurso o competición de pesca continental o caza.

Vigencia y responsables de las medidas

La vigencia de estas medidas se inicia a las 0,00 horas del día 14 de marzo de 2020. Tienen una vigencia mínima de 15 días y son susceptibles de revisión en coherencia con la situación epidemiológica de cada momento. Son responsables del cumplimiento de las medidas preventivas las personas físicas o jurídicas titulares, explotadoras u organizadoras de las actividades mencionadas.

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