Eva Rodríguez, una Guardia Civil que se presentaba a sí misma como psicóloga canina y que se hizo tristemente conocida por grabar un vídeo brindando con una cerveza tras la muerte de Mel Capitán en el verano de 2017, ha pagado ahora por ese acto. Sin embargo no ha cumplido con el hecho de publicar la sentencia tal y como le instó la justicia.

La familia de Mel Capitán presentó contra ella una querella a través de Anatur, y esta fue admitida a trámite. Según ha podido conocer este viernes Jara y Sedal, Rodríguez ya ha depositado 5.000 euros de indemnización a la familia de Capitán y aún tendrá que acarrear con las costas judiciales del proceso.

Además, deberá publicar la sentencia y pedir perdón a la familia, ya que según le consta a nuestra redacción Eva Rodríguez habría compartido un texto al respecto en Facebook pero posteriormente lo habría borrado de su muro, lo que deja sin efecto el hecho.

En la publicación del año 2017, Rodríguez dejaba algunas expresiones como «Toma cerda» o «Estaba mal de la cabeza» solo un día después de conocerse que la bloguera de este medio había muerto. «Para nosotros eso es lo más importante, que pida perdón públicamente por lo que ha hecho», reconocía hace año y medio Esperanza Tomás, madre de Mel, a Jara y Sedal. «La familia no busca dinero, sino justicia. Hay muchas otras chicas como mi hija a las que le gusta cazar y los animalistas tienen que aprender que esto no puede salir gratis».

Veinte días después de una sentencia histórica del Tribunal Constitucional contra el odio animalista en redes

Juez dictando sentencia. ©Shutterstock

Este hecho se produce veinte días después de una sentencia histórica del Tribunal Constitucional contra el odio animalista en redes. El pasado 17 de mayo, la Sala Primera del Tribunal Constitucional (TC) desestimó el recurso de amparo interpuesto por la que fue concejal del Ayuntamiento de Catarroja (Valencia) contra la sentencia del Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo que la condenó pagar una indemnización por vulnerar el derecho al honor del torero Víctor Barrio al que se refirió como ‘asesino (de toros)‘ en las redes sociales a las pocas horas de fallecer.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Santiago Martínez-Vares, subraya que, atendidas las circunstancias del caso, las expresiones utilizadas por la recurrente en amparo «se evidencia como innecesarias, desproporcionadas, así como carentes de anclaje alguno en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión». Te ampliamos aquí el caso.