Cuando hablamos de piezas de caza nos imaginamos tras el rastro de un jabalí, recechando un corzo o tratando de cobrar los conejos o las perdices que nuestro perro nos levanta. Son solo algunas de las piezas más comunes que se cazan en nuestro país, pero las órdenes de veda de nuestras comunidades autónomas también permiten abatir raros animales como el mapache, el ganso del Nilo o los cerdos vietnamitas.

Sí, has leído bien. Los cazadores madrileños -por poner un ejemplo- pueden abatir durante sus jornadas de caza las tres especies citadas, si bien no son las únicas piezas exóticas que se pueden echar al morral en nuestro país. ¿El motivo? Están incluidas en el Catálogo español de especies exóticas invasoras y son una amenaza para nuestra biodiversidad. De esta manera, en función de lo establecido en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, se permite la captura y muerte de cualquier ejemplar de Cotorra argentina (Myiopsitta monachus), Cotorra de Kramer (Psittacula krameri), Ganso del Nilo (Alopochen aegyptiacus) , Mapache (Procyon lotor), Cerdo vietnamita (Sus Scrofa var. Domestica) o coatí (Nasua nasua) o el caipú (Myocastor coypus), por poner solo varios ejemplos. Aunque hay más.

No se trata de especies seleccionadas sin criterio, si no de aquellas que han llegado de manera accidental a nuestros campos y que, tras su aclimatación, están poniendo en peligro la supervivencia de las especies de nuestra fauna autóctona.

A continuación detallamos algunas de las más curiosas y desconocidas que puedes (y debes) abatir si te salen cuando vas de caza.

Cotorra argentina

especies que no sabías que se pueden cazar
Un cazador sostiene 3 cotorras argentinas cobradas en un coto de caza de Madrid. © Edu Pompa

La cotorra argentina llegó a nuestros ecosistemas introducida principalmente de forma accidental por escape de individuos criados en cautividad así como por liberación. Se avistó por primera vez en libertad en Barcelona el año 1975.

La especie se encuentra ahora de manera establecida en España, localizándose poblaciones asentadas en diferentes puntos de la Península, Baleares e Islas Canarias. Además de construir voluminosos nidos, depreda huevos y polluelos de especies más pequeños, genera problemas por ruidos en el entorno urbano y pueden ser un vector de propagación de agentes patógenos.

En Mallorca se han empleado para su control carabinas de aire comprimido para contribuir a la eliminación de sus colonias. Por su parte la Comunidad de Madrid permite su caza durante la práctica de cualquier actividad cinegética.

Cotorra de Kramer

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En España, las poblaciones existentes, establecidas en ocasiones desde hace más de una década, no registran una clara tendencia hacia el crecimiento. Sin embargo, son frecuentes las introducciones de nuevos ejemplares y la aparición de nuevos núcleos de esta especie por todo el territorio. No es tan común su presencia como la cotorra argentina, si bien altera la vegetación, compite por nidos con murciélagos, rapaces nocturnas (autillo) y pájaros carpinteros e incluso prodría transmitir enfermedades como la psitacosis.

Las primeras referencias sobre la existencia y nidificación de ejemplares de esta especie en libertad datan de 1983. Puede cazarse en Madrid.

Mapache

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Los mapaches se han los dueños de las orillas del Jarama y del Henares. Son portadores de la rabia, la tuberculosis y la toxoplasmosis. Desde hace 10 años, la Comunidad de Madrid intenta poner fin a esta plaga, pero en el último año ha aumentado su población. Se permite su caza en la región durante la práctica de cualquier modalidad cinegética.

Cerdo vietnamita

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El Gobierno español determinó en 2019 como prohibida la posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos de cerdos vietnamitas. Así lo estableció después de que el Consejo de Ministros aprobase un real decreto actualizando el Catálogo Español de especies exóticas invasoras.

Andalucía es una de las comunidades que autoriza su caza, además de Asturias (durante la práctica de modalidades de caza mayor), Cataluña («tanto durante la temporada hábil de caza como en el ejercicio de las autorizaciones excepcionales por daños») y Madrid (se permite «la captura y muerte de cualquier ejemplar de (…) cerdo vietnamita y sus híbridos asilvestrados durante la práctica de cualquier actividad cinegética autorizada»).

Gaviota patiamarilla

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La gaviota patiamarilla (Larus michahellis) es otra de esas especies que muchos desconocen que puede cazarse. No obstante en Murcia o Mallorca se incluye entre las especies cazables, si bien algunas establecen restricciones. En Murcia, se establece una zona vedada, delimitada en un plano adjunto a la Orden Anual de Vedas como Anexo III.

Coatí

Coatí. © Shutterstock
Coatí. © Shutterstock

Existen 23 especies de aves y 3 de mamíferos cazables en Mallorca, pero lo que mucha gente desconoce es que el coatí (Nasua nasua) está entre ellas. En esta región se distribuye por las masas forestales del suroeste de la Sierra de la Tramuntana.

Ganso del Nilo

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El ganso del Nilo ha sido la última de las especies exóticas invasoras autorizadas a cazar por parte de la Comunidad de Madrid. Su introducción se debe tanto a introducciones accidentales tras escapes de colecciones de aves privadas o de forma intencionada. Se considera como una plaga agrícola en parte de su área de distribución geográfica nativa.

Coipú

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Existen pequeños núcleos aislados de este animal en Cataluña, Guipúzcoa, Navarra y Cantabria. En la Comunidad del País Vasco está establecido en zonas húmedas aledañas a la bahía de Txingudi y en los ríos Bidasoa, Jaizubia, Oiartzun y Urumea. Actualmente la población que comparten Guipúzcoa y Navarra es objeto de campañas de control que han frenado la expansión de la especie. De hecho, La Orden Foral 112E/2022, de 8 de abril, de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente de Navarra por la que se declaran determinadas especies de la fauna silvestre como plaga y se regulan las medidas de captura y eliminación de las mismas incluye al coipú o rata-nutria (Myocastor coypus) como una de las especies a controlar. La misma Orden especifica que este animal, entre otros, se podrá abatir durante el ejercicio de la caza de cualquier especie cinegética autorizada en la orden foral de vedas de caza que anualmente promulga el Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente.