Hoy 4 de agosto de 2021 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid la Orden 571/2021, de 27 de julio, por la que se fijan las limitaciones y épocas hábiles de caza que regirán durante la temporada 2021-2022. Destaca en la nueva normativa el famoso ‘cupo cero’ para la caza de la tórtola establecido ya en otras varias autonomías que en la práctica supone la prohibición de la caza de la especie para la próxima media veda.

«Cupo cero» de tórtolas para la próxima media veda

En los cotos privados de caza con superficie igual o superior a 250 hectáreas la Comunidad de Madrid permite la caza de la paloma torcaz, la paloma bravía, el estornino pinto, la urraca, la grajilla, la corneja, la codorniz y el zorro, los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos comprendidos entre el día 15 de agosto y el 15 de septiembre, ambos incluidos. Sin embargo, para la caza de la tórtola común se establece «una cuota cero de capturas».

«Recibidas las conclusiones operativas del grupo de trabajo de gestión adaptativa de la tórtola europea de la D.G. de
Medio Ambiente de la Comisión Europea y de la D.G. de Desarrollo Rural y Política Forestal del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación y mientras se aprueba un plan de gestión adaptativa para la especie en todo el territorio español, de manera análoga a otras Comunidades Autónomas, no se permite su caza esta temporada», argumentan desde la Administración madrileña en la propia orden de vedas publicada hoy.

Por su parte el cupo de codorniz continúa estableciéndose en 10 ejemplares.

Temporada general

En terrenos acotados al efecto podrán cazarse los jueves, sábados, domingos y festivos nacionales y autonómicos desde el día 8 de octubre hasta el 31 de enero del siguiente año, ambos incluidos, excepto la tórtola común, de la que queda prohibida su caza también durante la temporada general.

Períodos hábiles de caza mayor

La caza mayor estará permitida en aquellos cotos que la tengan contemplada en el correspondiente plan técnico desde el día 8 de octubre hasta el día 21 de febrero del siguiente año, ambos incluidos, para el ciervo, el gamo, el muflón y el jabalí. Se podrá cazar también en la modalidad de rececho para el ciervo, muflón y gamo desde el 1 de septiembre hasta el final del período hábil de caza mayor.

Desde el 1 de abril hasta el 30 de junio y desde el 1 al 31 de marzo del siguiente año, ambos incluidos, se habilita la caza de machos de cabra montés; desde el 15 de septiembre hasta el 15 de diciembre, para machos y hembras de de la misma especie.

Entre el día 1 de abril y el día 31 de julio podrán cazarse machos de corzo. Desde el día 1 de septiembre al 15 de octubre, ambos incluidos, se podrán recechar machos y hembras de esta especie.

Puedes consultar la orden de vedas al completo pinchando en este enlace.