El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha desestimado el recurso presentado por Ecologistas en Acción contra el Plan de Gestión del Lobo en Cantabria, mediante el que se controlaba la población de la especie antes de aumentar su protección con su entrada en el LESPRE y condena en costas a la asociación.

Así, el tribunal considera que el Plan de Gestión del Lobo en Cantabria no vulneraba el convenio de conservación de la vida silvestre y del medio natural en Europa, hecho en Berna, ni infringía la Directiva de 92/43 CEE (Directiva Hábitat). Tampoco era contrario a la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Bidodiversidad.

En la misma línea, la sentencia refrenda que con el plan no se incumplía el principio de interdicción de la arbitrariedad, ausencia de motivación y falta de justificación y objetividad y, de hecho, se reafirma en que no era necesaria la motivación específica técnico-científica de la Orden y señala que la demandante no prueba que el estado de conservación del lobo no alcance, en Cantabria, la calificación de favorable.
Igualmente, el TSJ confirma tanto la legitimación de Fundación Artemisan, y del resto de entidades codemandadas, para personarse en el procedimiento, como la falta de consistencia de los argumentos presentados por Ecologistas en Acción.

Junto al Gobierno de Cantabria como demandado, se personaron como codemandados, además de Artemisan, La Federación Cántabra de Caza, el Club Deportivo de Caza y Pesca Picos de Europa de Liébana, la Federación de Municipios de Cantabria y el Ayuntamiento de San Miguel de Aguayo
Cabe destacar que el TSJ de Cantabria se había pronunciado ya anteriormente en la misma línea, en respuesta al recurso presentado por la Asociación ASCEL, confirmándose así que el plan era legal y que, lejos de buscar el bienestar de la especie o de la convivencia, lo único que perseguían estos recursos era acabar con la caza del lobo en la comunidad sin tener en cuenta las consecuencias o la normativa en vigor.

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