El pulso judicial por la gestión del lobo en Asturias suma un nuevo episodio y, de momento, con el marcador a favor del sector ganadero. El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha denegado la medida cautelar solicitada por Ecoloxistes n’Aición d’Asturies y la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cantábrica, que pretendían paralizar el Programa de Actuaciones de Control del Lobo aprobado para la temporada 2026-2027. El auto permite que las actuaciones sigan adelante mientras la Sala resuelve el recurso principal, en el que se decidirá si el plan se ajusta o no a la legalidad vigente.
La decisión llega después de que ambos colectivos presentaran en septiembre un recurso contencioso-administrativo contra la modificación del II Plan de Gestión del Lobo y contra el programa anual, que prevé la extracción de hasta 67 ejemplares en la región. Los recurrentes sostenían que ejecutar los controles antes de que hubiera sentencia podía causar daños irreparables a una especie que, a su juicio, mantiene un estado de conservación desfavorable.
El tribunal prioriza el interés general y los daños a la ganadería
El auto del TSJA considera que debe prevalecer el interés general defendido por la Administración asturiana y por las entidades que se personaron frente a la suspensión: Fundación Artemisan, Unión Rural Asturiana (URA) y la Asociación de Agricultores y Ganaderos (GANAGRI), entre otras organizaciones del sector rural. La Sala destaca expresamente que no puede abordarse la conservación del lobo al margen de las consecuencias que su presencia tiene sobre las explotaciones ganaderas, y subraya la necesidad de prevenir los perjuicios que los ataques ocasionan al ganado.
Para los magistrados, los colectivos ecologistas no aportaron datos suficientes que justificaran una suspensión cautelar, una medida que el propio tribunal califica de excepcional cuando se trata de disposiciones generales ya en vigor. El auto recuerda también que existe un interés público evidente en que las normas administrativas se apliquen mientras no sean anuladas por sentencia firme.
Esta resolución cautelar no cierra el debate de fondo: la legalidad definitiva del programa, y si cumple con las exigencias normativas y de conservación, quedará pendiente de lo que determine la sentencia que resuelva el procedimiento principal.
Informes enfrentados sobre el estado del lobo
El litigio enfrenta dos lecturas muy distintas sobre la situación de la especie. Los informes aportados por la Administración asturiana y por Fundación Artemisan, que el auto recoge como argumento favorable al mantenimiento cautelar del plan, señalan un incremento de las camadas detectadas desde la década de los noventa, un aumento de los grupos con reproducción confirmada y una evolución poblacional positiva pese a las extracciones realizadas en los últimos años. Según el último censo autonómico, el lobo ocupa actualmente el 83 % del territorio asturiano, con una población estimada entre 412 y 460 ejemplares repartidos en 50 manadas, 46 de ellas reproductoras.
Frente a esa versión, los colectivos recurrentes defienden que la especie se encuentra en un estado de conservación desfavorable y que la extracción de ejemplares, lejos de resolver el conflicto, puede agravarlo al afectar a la estructura social de las manadas. El propio censo nacional coordinado por el Ministerio para la Transición Ecológica, publicado en junio de 2025, situó la cifra total en 333 manadas en toda España. Los investigadores consideran que ese nivel está todavía por debajo de las 500 manadas necesarias para garantizar la viabilidad genética de la especie a largo plazo.
Un marco legal que ha cambiado varias veces en año y medio
El contexto normativo explica buena parte de la batalla judicial. El lobo al norte del Duero estuvo incluido en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Lespre) desde 2021, lo que impedía su control letal. La situación cambió con la Ley 1/2025, de 1 de abril, que excluyó de ese listado a las poblaciones situadas al norte del río y abrió la puerta a que las comunidades autónomas retomaran los controles poblacionales. Ese cambio normativo está, a su vez, recurrido ante el Tribunal Constitucional por el Defensor del Pueblo a instancias de la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL), un recurso que sigue pendiente de resolución.
Con ese nuevo marco, el Gobierno de Asturias aprobó el Decreto 48/2026, de 29 de junio, que modificó el II Plan de Gestión del Lobo de 2015 para devolver cobertura jurídica a los controles poblacionales, después de que el Tribunal Supremo anulara en febrero el programa anterior por falta de base legal. Sobre ese decreto se sustenta la resolución de 26 de agosto de 2026 de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, que aprobó el Programa de Actuaciones de Control del Lobo 2026-2027 ahora respaldado cautelarmente por el TSJA.
El precedente que pesa sobre el nuevo programa
La gestión del lobo en Asturias arrastra una sucesión de reveses judiciales que condicionan cada nueva campaña. En abril de 2026, el TSJA ya había anulado el programa correspondiente a 2025-2026, tal y como contó Jara y Sedal, al considerar que se apoyaba en un plan de gestión que había quedado sin efecto tras la inclusión de la especie en el Lespre. Aquel programa, que preveía la eliminación de 53 ejemplares, se había ejecutado en torno a un 80% antes de su paralización, con una treintena de lobos abatidos.
El conflicto actual, centrado en el cupo de 67 ejemplares para 2026-2027, ya había generado tensión semanas antes del auto: Fundación Artemisan solicitó a comienzos de octubre que, de suspenderse el plan, los colectivos recurrentes afrontaran una fianza de 1.910.000 euros vinculada a los daños que atribuye a una eventual paralización sobre la ganadería y las especies cinegéticas. El debate sobre si el lobo debe seguir considerado especie cazable divide también al resto del arco político: en el Congreso, diputados socialistas han defendido mantener su máxima protección frente a las comunidades autónomas que reclaman más margen de gestión, como recogió en su momento esta información de Jara y Sedal.
Artemisan celebra el auto, pero el pleito sigue abierto
Fundación Artemisan ha mostrado su satisfacción porque la Sala haya recogido expresamente sus alegaciones, centradas en el estado de conservación favorable que atribuye a la especie, la compatibilidad del programa con el mantenimiento de la población y la magnitud de los daños que achaca a la ganadería. La entidad adelanta que seguirá personándose en procedimientos que, a su juicio, pretendan restringir la actividad cinegética por motivos ideológicos sin apoyo en criterios técnicos y científicos.
Para las cuadrillas y los titulares de explotaciones ganaderas de las zonas con mayor presión del lobo, el auto supone en la práctica que los trabajos de control previstos para este otoño e invierno no se detienen. Pero la tranquilidad es parcial: el propio tribunal deja claro que la legalidad de fondo del plan, es decir, si las extracciones cumplen con todas las exigencias normativas, científicas y de conservación, sigue sin resolverse y dependerá de la sentencia que ponga fin al procedimiento principal.








