Los cazadores de Galicia van a comenzar la próxima temporada con algunas modificaciones en su orden de vedas. El Tribunal Superior de Justicia de dicha comunidad ha emitido dos sentencias tras a una denuncia de Ecologistas en Acción y ha prohibido, entre otros aspectos, la caza de la becacina y la de zorros en batidas de jabalí en esta comunidad autónoma.

Todo este asunto comenzó cuando esta organización presentó un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de fecha 12 de abril de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se determinan las épocas hábiles de caza, las medidas de control por daños y los regímenes especiales por especies durante la temporada 2022/23.

Asimismo, hicieron lo propio con la resolución de vedas correspondiente a la temporada 2023/2024. Por lo tanto, desde Ecologistas en Acción denunciaron las dos últimas órdenes de vedas al completo.

Un zorro en una foto de archivo.
Un zorro en una foto de archivo. © Shutterstock

Casi todas sus peticiones fueron rechazadas

En este sentido, las peticiones que la organización plasmó en su recurso formaba parte de una larga lista de demandas que elevó directamente al TSJ de Galicia, pero la mayoría de ellas terminaron siendo rechazadas según las dos sentencias que acaban de publicar y a las que ha tenido acceso Jara y Sedal.

Algunas de esas medidas que no salieron adelante fueron, por ejemplo, el número de piezas de caza menor en terreno de aprovechamiento común, por, según argumentaron, «ausencia de planes cinegéticos en las zonas libres» y falta de obligación de hacerlos en la normativa.


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Tampoco consiguieron que el TSJ les apoyara en su intención de hacer necesaria una comprobación previa de los daños causados por los jabalíes para autorizar las medidas de control de esta especie. Asimismo, rechazó las modificaciones del periodo de caza de prácticamente todas las especies que incluyeron en la demanda.

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Becacina en vuelo. © Shutterstock

La caza de zorros y becacinas, lo peor de la sentencia

A pesar de todo esto, el recurso presentado por Ecologistas en Acción sí logró que el TSJ de Galicia le diera la razón en algunas cuestiones, aunque estas fueron minoritarias. De este modo, su fallo prohíbe la caza de la becacina (Gallinago gallinago), la de la cerceta (Anas Crecca) y la de la avefría (Vanellus vanellus) en toda la región al considerar que son especies amenazadas.

La decisión menos comprensible del TSJ es que prohíbe cazar zorros en las batidas de jabalí, argumentando que el reglamento de caza de la comunidad establece que en«modalidades de caza menor no podrá dispararse sobre piezas de caza mayor y viceversa, salvo autorización expresa». Para los magistrados no es suficiente que la Orden de Vedas lo permita expresamente, argumentando que «la necesidad de control de una especie no pasa por una autorización masiva de caza (mayor y menor), sino de restauración de hábitats naturales y control de especies».


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De la misma manera, no permite prolongar el periodo de entrenamiento de perros sobre becada (Scolopax rusticola) al final de temporada al entender que está catalogada como especie vulnerable y el adiestramiento le ocasiona molestias en el periodo reproductor. A pesar de que no se puedan cazar en ese periodo, desde la Federación Gallega de Caza aclaran a Jara y Sedal que sí se podrán seguir usando perros para realizar censos poblacionales. aunque sí el uso de perros para censar becadas, ni la caza con arco en zonas libres. El Tribunal, además, anuló la prórroga de los PAAC por «no estar avalada por la ley ni por el reglamento de caza».

Por último y habiéndose aprobado todo lo expuesto, a día de hoy se espera que, en breve, la Xunta de Galicia haga públicas las modificaciones de la orden de vedas que está en vigor.