El incumplimiento del confinamiento en el hogar injustificado puede conllevar sanciones de hasta 600.000 euros. Además, la multa podrá llevar aparejada la retirada de las armas y de las licencias o permisos correspondientes.
16/3/2020 | Redacción JyS
La crisis sanitaria del coronavirus ha provocado el confinamiento de los ciudadanos españoles en sus domicilios. Lo que hasta este viernes era una recomendación, es ya una obligación recogida en el Real Decreto de Estado de Alarma y su incumplimiento puede conllevar sanciones de hasta 600.000 euros.
No se puede salir a la calle, tampoco de caza ni siquiera al monte a pasear. El uso de las vías públicas está reservado para desplazamientos esenciales y justificados. Quienes salgan a pasear o a correr, se enfrentan a multas conforme a la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015, que contempla sanciones de entre 601 y 600.000 euros.
Te podrían retirar la licencia de armas
Según señala la ley por la que se decreta el estado de alarma, el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de la autoridad competente -en este caso, el Gobierno central- se sancionará con arreglo a lo dispuesto en las leyes.
Fuentes del Gobierno explicaron que no han innovado nada a la hora de establecer el régimen sancionador, ya que el Ejecutivo recurre a la normativa vigente para poner en marcha esta medida excepcional. Para graduar la multa, la normativa sanciona el grado mínimo con entre 601 y 10.400 euros, el grado medio con entre 10.401 y 20.200 euros y el grado máximo con una sanción de entre 20.201 y 600.000 euros.
Además, la multa puede llevar aparejada otras sanciones complementarias, como la retirada de las armas y las licencias correspondientes, según lo establecido en el Artículo 39, apartado 2A de la Ley de Seguridad Ciudadana.