La Guardia Civil ha pillado por cuarta vez a diez furtivos de liebres que las localizaban con monoculares de visión térmica para después correrlas con galgos. En concreto, se han instruido diligencias como investigados a estas personas como presuntos autores de un delito contra la flora, fauna y animales domésticos tras cuatro actuaciones no relacionadas entre sí realizadas desde finales del pasado año.

Dos de ellas se llevaron a cabo en fincas de los términos municipales de Llerena y Granja de Torrehermosa, cuando el SEPRONA de Azuaga con la colaboración de Guardas Rurales sorprendió a seis vecinos de Mérida abatiendo liebres con galgos en un día no hábil y sin autorización del titular del coto de caza. Estas personas hacían uso de visores térmicos para advertir la presencia de las piezas de caza, previa a la suelta de los perros para abatirlas, según una nota de la Benemérita que recoge Europa Press.

En la inspección de los animales utilizados en la comisión del supuesto delito se pudo comprobar que algunos de ellos carecían de identificación y documentación sanitaria.

La segunda de las actuaciones de la Guardia Civil

En las otras dos actuaciones de similares características, en cotos de caza de términos emeritenses y santeños, agentes de la Guardia Civil de La Roca de la Sierra y SEPRONA de Fuente de Cantos contaron también con la cooperación de la directiva de la propia sociedad deportiva afectada, consiguiendo implicar a otras cuatro personas, vecinas de Montijo y Fuente del Maestre, que igualmente habían sido sorprendidas abatiendo liebres con galgos sin la preceptiva autorización del coto.

A los diez responsables de los ilícitos penales se les instruyó diligencias como investigados por el citado delito contra la flora, fauna y animales domésticos, y se les propuso para sanciones administrativas al carecer de identificación y documentación sanitaria de algunos de los animales utilizados. Estos animales han quedado bajo custodia de sus propietarios a disposición de la autoridad judicial.

Penas de multa de 4 a 8 meses e inhabilitación

Ahora, según lo establecido en el Código Penal, se enfrentan a penas de multa de 4 a 8 meses e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho a cazar por tiempo de 1 a 3 años. Las diligencias instruidas en cada uno de los casos han sido entregadas en el Juzgado de Instrucción correspondiente.