La ONC ha remitido a los grupos el memorando Una propuesta de reformar los delitos de odio: la necesidad de proteger al colectivo de cazadores español elaborado por el departamento jurídico de la entidad. Este completo documento analiza la problemática detectada en los últimos años y su complicado encaje en la legislación actual y plantea, al mismo tiempo, una propuesta para modificar el Código Penal.

La ONC lleva años llamando la atención y trabajando en todo lo relacionado con los delitos de odio en las redes sociales ante el desamparo en el que se encuentran numerosos colectivos, entre ellos el de cazadores. Han sido muchos los ejemplos de graves insultos y ataques personales sufridos por cazadores españoles y por sus familias en las Redes Sociales, donde el animalismo más radical actúa con total impunidad consciente de la dificultad legal a la hora poner coto a estas acciones.

Nuevos tiempos, nuevos delitos de odio

«Los nuevos tiempos, han traído nuevos delitos, nuevas formas a agredir, de atacar la propiedad, la intimidad y como no la libertad, el honor y la dignidad de los demás. Es evidente que han surgido nuevos tipos de delincuencia y que es necesario adaptar la respuesta social y adecuarla», explica el memorando de la ONC.

Así, concluye que «existe una necesidad real de proteger a colectivos vulnerables diana de ataques gratuitos de colectivos radicales animalistas (cazadores, pescadores, toreros y taurinos, y en general personas que trabajan con animales)» y «una necesidad real de frenar el discurso del odio frente al colectivo de cazadores en España». Y es que, recuerda, “no se puede dejar sin amparo legal a aquellas personas que se ven atacadas en su libertad individual» por practicar una actividad que es legal, legítima y necesaria.

Se necesitan nuevas herramientas legales

Ante esta situación, «es preciso reformar de forma urgente el ordenamiento jurídico», así como dotar a la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad «de formación y medios materiales y humanos adecuados para la persecución eficaz de este tipo de delincuencia y violencia en las redes sociales». La Oficina Nacional de la Caza no sólo plantea el problema, sino que da un paso más y en su memorando incluye un análisis jurídico de la regulación actual y una propuesta para adecuar el ordenamiento jurídico a esta realidad.

Según explica el documento, el artículo 510 del Código Penal es «por razones técnicas e incluso de política criminal y proporcionalidad, un tipo penal inaplicable a los ataques a los cazadores en las redes sociales». Así, «no está previsto realmente para la protección estos colectivos, no resulta de aplicación al grupo social de los cazadores o los toreros, y además contiene unas penas mínimas muy elevadas que suponen la reticencia de jueces y fiscales a pensar en la posible aplicación del mismo a los supuestos de odio en redes sociales a cazadores».

«Diferentes intesidades de odio»

Para la ONC «hay diferentes intensidades de odio, distintos grados de ataques y nuevos grupos sociales afectados por este fenómeno”, y todo eso no está contemplado en ese artículo. La propuesta de la ONC pasa por incluir a los colectivos de cazadores, toreros y taurinos y personas relacionadas con el trabajo de los animales entre los colectivos protegidos por este artículo frente al discurso del odio; y establecer un subtipo penal con penas inferiores: multa, prisión de hasta seis meses, o cualquier otra pena de esta intensidad atenuada prevista en el art. 33.4 del Código Penal y concordantes (penas leves).

El memorando de la Oficina Nacional de la Caza explica que «una reforma sensata, ponderada, equilibrada y racional del Código Penal contribuiría sin duda a la convivencia, al respeto y la defensa por el Estado de Derecho de los derechos de una mayoría actualmente desguarnecida». Esta modificación «prevendría y frenaría en parte la actual situación, más parecida al Salvaje Oeste en las redes, que a un Estado Democrático y de Derecho», añade.