La Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados aprobó este martes que la guarda compartida de menores pueda ser denegada a aquellos progenitores que hayan maltratado a animales, gracias a una enmienda que busca «defender el interés superior de las y los menores cuando se trata de decidir sobre su custodia, protegiéndolos de otras formas de violencia que pueden sufrir en el ámbito de la familia, entre las que se incluye el maltrato a los animales». Ahora la reforma inicia su trámite en el Senado.

Para lograr ese cambio legal respecto a la consideración de los animales como seres sintientes, la Comisión de Justicia, con competencia legislativa plena, ha aprobado la modificación del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Han sido 22 votos a favor y 14 en contra, los de PP y Vox.

Actualmente, en casos de ruptura de pareja en los que hay hijos, el artículo 92 del Código Civil prevé la posibilidad de denegar la guarda compartida a un progenitor que se encuentre inmerso en una causa penal por violencia física o psíquica hacia el otro cónyuge o hijos. Con la votación de ayer, «el Congreso ha dado luz verde a que en este artículo se incluyan también aquellos supuestos en los que alguno de los progenitores hubiera incurrido en malos tratos a animales, o la amenaza de causarlos», declaró a la citada agencia la abogada María José Mata, Desde la Coordinadora de Profesionales por la Prevención de Abusos (CoPPA).

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