Bruselas ha publicado la lista oficial de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión Europea. En dicha lista no se encuentran la carpa, la trucha arco iris, el blak-bass, el siluro, la carpa o el arruí.
26/07/2016 | redacción JyS
La pasada primavera el Tribunal Supremo estimó el recurso de Ecologistas en Acción, SEO/Birdlife y AEMS Ríos con Vida el Catálogo Español de Especies Invasoras con algunas que habían quedado excluidas del Real Decreto 630/2013 como la carpa común (Cyprinus carpio) o la trucha arco iris (Oncorhynchus mykiss).
El mundo de la pesca se mostró en contra de dicho recurso, dado que la incorporación de estos ejemplares a la lista de invasores acarrearía la prohibición de poseer ejemplares vivos o muertos de estas especies, así como trasladarlos, transportarlos o comerciar con sus restos. O lo que es lo mismo: obligaba a los pescadores a acabar con la vida de estos peces y suponía prácticamente el fin de la pesca deportiva en España.
De hecho, los pescadores, que se habían organizado en la Plataforma en Defensa de la Pesca, amenazaron con «ejercer cuantas acciones sean precisas para la defensa de los legítimos derechos de los pescadores, clubes deportivos y el deporte de la pesca en general, como ya hicimos con éxito anteriormente».
Nefastas consecuencias económicas de la Ley 42/2007
Las consecuencias ecónomicas auguraban que tendrían que cerrar las 108 piscifactorias existentes con 2.000 puestos de trabajo y 500 millones de euros en juego. En el caso de la pesca recreativa y deportiva, unos 1.500 millones de euros -lo que se movió en 2015 en torno a estas especies invasoras-.
Bruselas revisa esta lista para tomar las medidas oportunas y proteger los hábitats de “todas aquellas especies y subespecies exóticas invasoras que constituyan, de hecho, o puedan llegar a constituir una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía, o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural”.
Por tanto, en base a esta acción de Bruselas, se debería exigir la modificación de la Ley 42/2007 de Patrimonio Nacional y de la Biodiversidad, de acuerdo con las directrices Europeas. Cambio que debería exigirse cuando el gobierno español quedase formado. A pesar de que esta es una noticia positiva para la pesca y la caza del arruí en España, la Plataforma en Defensa de la Pesca advierte en un comunicado: «la lista que figura en el anexo del nuevo reglamento es susceptible de modificación y ampliación, por lo que, a nuestro entender, no debemos desfallecer en los trabajos que hasta este momento se están llevando a cabo y que deben culminar con la modificación de la Ley 42/2007».