¿Tiene una rehala que hacer factura cuando acude a una montería?


Hace unos días, la Asociación de Rehalas Regionales Caza y Libertad (ARRECAL) presentó la quinta edición de su ‘Guía Rehalera’, con el patrocinio de Mutuasport. Este completo documento ha sido elaborado por Santiago Ballesteros, abogado y asesor jurídico de la entidad, y por Nicolás Urbani, veterinario y asesor técnico de la asociación.

Dicho texto incorpora muchas actualizaciones y novedades que se deben conocer ante la complejidad en la interpretación de las legislaciones autonómicas en términos de rehalas. Para cumplir con ello, incluye aspectos como la identificación obligatoria de perros de rehala, su transporte, vacunación y demás detalles fiscales.

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Un rehalero y sus perros junto a un vehículo de transporte. © Amable González

¿Qué exigen en cuanto a la limpieza de los vehículos de rehala?

Respecto a la limpieza y la desinfección de los vehículos de rehala, dicho procedimiento está ratificado por el RD 638/2019. La Guía matiza que esto sirve como «herramienta de prevención y bioseguridad en la transmisión de múltiples patologías animales». Además, también como «garantía para el bienestar animal durante el transporte de los perros».

De este modo, la dedicación y el trabajo de ARRECAL, junto con otras entidades del sector, ha logrado «mejoras sustanciales respecto a la normativa anteriormente vigente», expresan en el documento.

Los requisitos a cumplir

Asimismo, el texto informa acerca de los puntos que, de manera concreta, debe cumplir el rehalero respecto a los vehículos de transporte. En primer lugar, estos deberán realizar un procedimiento que consta de limpieza en seco o con manguera, luego con agua y detergente y, por último, desinfección con biocida registrado. Se deberá llevar a cabo en un centro de limpieza y desinfección autorizado.

Un remolque con perros de rehala.
Un remolque con perros de rehala. © Angel Vidal

La novedad, en este sentido, es que a nivel nacional es posible «la instalación de un centro de limpieza y desinfección de vehículos anejo a los núcleos zoológicos de tipo rehala o perrera deportiva».

A continuación, los rehaleros tendrán que portar el talón de limpieza y desinfección debidamente cumplimentado por el responsable del centro. El documento detalla que existen unos especiales para socios de ARRECAL.

En cuanto a los centros de limpieza y desinfección de vehículos anejo a los núcleos zoológicos, «no será necesario realizar el precintado de los vehículos de transporte de animales por carretera que pertenece o da servicio a estos núcleos». Cuando la limpieza y desinfección se haga en un centro independiente de las instalaciones propias del núcleo zoológico, sí será necesario.

Un rehalero en una foto de archivo. © JDG

Por último, otra de las primicias legislativas resalta que la validez de dicho certificado o talón de limpieza y desinfección del transporte de rehalas, recovas o jaurías empieza en la carga inicial de los perros hasta su retorno en un máximo de 48 horas.