La ley animalista obligará a contratar un seguro a los dueños de perros


Debido a la cercana entrada en vigor de la Ley de Bienestar Animal, el próximo 29 de septiembre, son muchas las dudas que están surgiendo entre la población respecto a sus nuevas medidas. Entre ellas, una de las más frecuentes tiene que ver con la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil para los perros.

Esto, sin embargo, no tendrá que ser así para los de caza. Dichos animales, como las rehalas y otros auxiliares, están excluidos de la ley, por lo que no es de aplicación para ellos ninguna de las obligaciones que contempla su texto.

No obstante este hecho no será sinónimo de que queden desprotegidos o sin ningún derecho. Respecto a ello, la ley manifiesta que «se regulan y quedarán protegidos por la normativa vigente europea, estatal y autonómica correspondiente, y que les sea de aplicación al margen de esta ley».

Otras dudas sobre los perros de caza

No es, ni mucho menos, la única incertidumbre que la ley animalista ha provocado en referencia a los perros de caza. Una de sus medidas obliga a hacer un curso de formación a todos aquellos que quieran tener perro.

perro de caza collar
Un perro de caza durante una jornada cinegética. © Ángel Vidal

De igual modo que en el caso anterior, esto tampoco será de aplicación para quienes tengan perros de caza. Para los demás, la carencia de este podría suponer una infracción leve y, por lo tanto, conllevar algún tipo de sanción.

No son los perros de caza los únicos que quedan exentos de las aplicaciones de la ley animalista. Tampoco estas afectarán a otros auxiliares como los perros policía o los que trabajan con el ganado. Esto se debe a la enmienda presentada por el PSOE.

Pese a ello, ha generado una gran polémica entre los demás dueños de perros en los últimos meses al considerar que es una medida excesiva y discriminatoria.

¿Qué se considera perro de caza?

En este sentido, es importante tener en cuenta qué considera la ley como perro de caza. En la letra e) del apartado 3 del artículo 1 podemos encontrar la única cita del texto.

«e) Los animales utilizados en actividades específicas (las deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado) así como los utilizados en actividades profesionales (dedicados a una actividad o cometido concreto realizado conjuntamente con su responsable en un entorno profesional o laboral, como los perros de rescate, animales de compañía utilizados en intervenciones asistidas o los animales de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas). No obstante, les será de aplicación lo establecido en el artículo 24 respecto de obligaciones generales y el artículo 27 relativo a las prohibiciones. Igualmente quedará excluidos los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza que contarán con una legislación propia según lo establecido en la Estrategia Nacional de Gestión Cinegética».

De momento, si bien se deja claro que los perros de caza quedarán fuera de la nueva normativa, habrá que esperar al reglamento que la desarrolle para saber qué se considera exactamente como perro de caza. Pues podrían ser solo determinadas razas o bien todo aquel registrado a nombre de un cazador.