Los municipios señalados en la Declaración de Emergencia Cinegética publicada podrán realizar controles con hurón y capillo o hurón y escopeta.
17/3/2017 | Redacción JyS
La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural declaró el pasado día 8 comarca de emergencia cinegética temporal por daños de conejo de monte a 231 términos municipales castellano-manchegos. Según la Ley de Caza de Castilla-La Mancha, cuando alguna especie cinegética ponga en peligro el equilibrio medioambiental, el gobierno regional puede declarar la emergencia cinegética.
En esta declaración se establecen asimismo los métodos y periodos específicos para llevar a cabo los controles necesarios. En este caso se podrán poner en marcha a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Castilla-La Mancha y tendrán como fecha límite el 31 de diciembre de 2017 -para el caso de capturas con hurón y capillo- y hasta el 31 de marzo -para hurón y escopeta-; pudiendo solicitar una prórroga del 1 de junio al 15 de agosto en este último caso.
Estos controles de población deberán ser realizados por grupos con un máximo de cuatro cazadores y se deberá comunicar a la Dirección Provincial de Medio Ambiente correspondiente el inicio de su actividad con 24 horas de antelación. A partir de entonces, hay un mes de plazo para terminar las labores de control. Al finalizar el plazo se deberá comunicar mediante un informe a la misma entidad los métodos utilizados y los resultados de las capturas realizadas.
Si estás interesado en saber más acerca de las condiciones de caza de la citada declaración de emergencia cinegética, aquí puedes consultar el documento oficial en el que aparecen detallados todos los municipios afectados, así como las normas y la solicitud oficial para realizar los controles.