Dos personas tendrán se sentarse en el banquillo de los acusados ante los Juzgados de lo Penal de Albacete para responder por un presunto delito relativo a la protección de la fauna, tras ser sorprendidos furtiveando con galgos en un coto social del Club de Cazadores de La Gineta.

La Federación de Caza de Castilla-La Mancha, que actúa como acusación popular, ha dado a conocer la apertura de juicio penal contra estas dos personas, que fueran sorprendidos por un guarda rural y el Seprona cazando liebres con tres galgos.

La Federación de Caza y la Fiscalía en sus escritos de conclusiones provisionales sobre los hechos, mantienen que los furtivos fueron sorprendidos careciendo de permiso alguno que les habilitara para ello.

Además, recogen que estos dos hombres, tras advertir la presencia del guarda rural, se trasladaron al paraje Las Ánimas, en Aguas Nuevas, donde fueron interceptados finalmente por el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil cuando pretendían seguir furtiveando.

Hechos constitutivos de delito

Los hechos, en opinión de la fiscalía, son constitutivos de un delito relativo a la protección de la fauna, por los que procede imponer a cada uno de los acusados la pena de multa de 6 meses, con cuota diaria de 12 €, con responsabilidad personal subsidiaria de 3 meses en caso de impago, e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar durante dos años.

Por su parte, la Federación de Caza de Castilla-La Mancha, solicita penas mayores  para los acusados, a los que considera cazadores furtivos e infractores reincidentes, al calificar los hechos como un delito continuado.

De hecho, según Santiago Ballesteros, abogado de la Federación, «han sido sancionados e inhabilitados  un número de veces grosero, actuando con total impunidad, e incluso confiados en que al llevar incluso perros prestados, no serían objeto de sanción alguna».

Se da la circunstancia que los acusados, ha explicado, habían sido inhabilitados hasta seis veces y objeto de cerca de un centenar de expedientes sancionadores, por lo que su actuación «supone un desprecio continuo a Ley y a la autoridad».

La actitud de los acusados, que de forma reiterada furtiveaban, supone para la Federación un perjuicio continuo y agravado al patrimonio cinegético de los cotos afectados, donde con hechos como este se ahuyenta la caza y se diezman los ejemplares de piezas cinegéticas.

Por eso, según la acusación popular, los hechos pudieran ser constitutivos de un delito agravado contra la fauna por la concurrencia de graves daños al patrimonio cinegético.

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