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Castilla y León recula y permitirá declarar en papel las tórtolas cazadas en media veda: la app CAPTURCYL deja de ser obligatoria

La norma publicada inicialmente obligaba a registrar todas las capturas mediante CAPTURCYL, pero ahora permite hacerlo también mediante una ficha en papel.

La Junta de Castilla y León ha cambiado a última hora el sistema que deberán utilizar los cazadores para declarar las tórtolas abatidas durante la media veda de 2026. La Orden AGR/743/2026, de 29 de julio, publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León el pasado 6 de agosto, establecía inicialmente que los cazadores autorizados por los titulares cinegéticos «deberán utilizar la aplicación CAPTURCYL para el registro telemático de las capturas». Sin embargo, una corrección de errores publicada pocos días después sustituye ese «deberán» por «podrán», de modo que el uso de la aplicación deja de ser obligatorio como única vía de control.

El cambio llega apenas dos días antes del inicio de la media veda, fijado el 15 de agosto para la codorniz y el 29 para la tórtola, y modifica de forma sustancial una obligación que afectaba directamente a todos los cazadores autorizados para aprovechar la tórtola común o europea. No se trata de una corrección meramente formal: la Junta pasa de imponer un sistema exclusivamente telemático a permitir también el registro mediante una ficha en papel, lo que obliga a cazadores y titulares cinegéticos a revisar de nuevo cómo deberán actuar en una temporada que está a punto de comenzar. Esto ha supuesto un verdadero quebradero de cabeza, especialmente para los gestores que trabajan con varios acotados y que han tenido que adaptar sus procedimientos en cuestión de días.

El titular del coto decidirá qué sistema se utiliza

La propia Junta ha actualizado la información dirigida al sector y ahora establece que será el titular cinegético quien determine el sistema de registro de las capturas de tórtola en su coto. Podrá optar por la aplicación CAPTURCYL o por el modelo de ficha de seguimiento de capturas diarias habilitado específicamente para la media veda de 2026.

Esto significa que el cazador no podrá elegir libremente entre una opción u otra, sino que deberá utilizar el sistema que haya establecido el titular del coto. Si este mantiene el sistema telemático, las tórtolas deberán registrarse a través de CAPTURCYL. Si opta por el papel, cada cazador autorizado tendrá que anotar las capturas antes de transportar las piezas fuera del coto y comunicar diariamente al titular cinegético el número de tórtolas abatidas, para que este pueda trasladar posteriormente la información a la Administración.

La obligación de registrar las piezas no desaparece con esta rectificación. Castilla y León mantiene para esta media veda un cupo global de 15.309 tórtolas y un máximo de seis ejemplares por cazador y día. La especie solo podrá cazarse en los cotos autorizados, los sábados y domingos, entre el 29 de agosto y el 20 de septiembre de 2026. Además, la caza deberá suspenderse en el momento en que la Consejería comunique que se ha alcanzado el cupo autonómico.

Así funcionará el registro en papel

Cuando el titular cinegético elija la ficha de seguimiento, el cazador deberá anotar en ella las tórtolas abatidas antes de transportar las piezas de caza fuera del coto. Además, estará obligado a comunicar diariamente al titular del coto las capturas realizadas. Este, a su vez, deberá grabar esos resultados en la aplicación web destinada a titulares y gestores cinegéticos en un plazo máximo de 48 horas.

De esta forma, la posibilidad de utilizar una ficha en papel no elimina el seguimiento prácticamente inmediato de las extracciones. El cazador podrá prescindir de CAPTURCYL si así lo determina el titular cinegético, pero seguirá obligado a dejar constancia de las piezas abatidas y a facilitar cada día esa información para que el responsable del coto la comunique digitalmente a la Junta dentro del plazo establecido.

Si el sistema elegido es CAPTURCYL, la corrección publicada por la Junta mantiene intacta la segunda parte del apartado original. Cada cazador autorizado deberá registrar las capturas al interrumpir la acción de caza, cuando el arma deje de estar lista para su uso, por lo que quienes utilicen la aplicación tendrán que seguir cumpliendo esta condición.

Una rectificación a las puertas de la media veda

La posibilidad de utilizar una ficha en papel puede facilitar el cumplimiento de esta obligación a quienes tengan dificultades para manejar una aplicación móvil o cacen en zonas donde el acceso a medios digitales resulte más complicado, por lo que el cambio supone una buena noticia en ese sentido. El problema está en la forma y en el momento elegidos por la Junta para modificar una condición que había quedado fijada apenas unos días antes en el propio Boletín Oficial.

La Administración publicó inicialmente una norma que obligaba expresamente a utilizar CAPTURCYL y, pocos días después, ha tenido que corregirla para convertir ese mismo sistema en opcional. El cambio llega además con la temporada prácticamente encima, lo que añade confusión a titulares y cazadores que ya habían organizado la media veda conforme a unas reglas que han vuelto a modificarse antes siquiera de comenzar la caza de la tórtola.

No es la primera vez que el sector se ve obligado a estar pendiente de cambios y comunicaciones administrativas cuando la temporada está a punto de comenzar. El pasado año ocurrió algo similar con la precipitada puesta en marcha de CAPTURCYL días antes de la temporada del corzo, una implantación que generó numerosas dudas y problemas entre cazadores y gestores. Volver a modificar ahora una obligación tan concreta a pocos días de la apertura dificulta la planificación de los cotos y obliga a transmitir nuevamente las instrucciones a todos los cazadores autorizados.

Infografía oficial sobre la temporada de caza de la tórtola.
Infografía oficial sobre la temporada de caza de la tórtola. © JCYL

Qué deberán hacer ahora los cazadores de tórtola

La situación queda, por tanto, de la siguiente manera: CAPTURCYL ya no es obligatorio para todos los cazadores de tórtola, pero el registro de las capturas sí continúa siéndolo. Antes de comenzar a cazar, cada cazador deberá saber qué sistema ha elegido el titular de su coto y ajustarse a él durante sus jornadas de media veda.

Si el titular opta por CAPTURCYL, las piezas deberán registrarse telemáticamente al interrumpir la acción de caza, cuando el arma deje de estar lista para su uso. Si elige la ficha en papel, el cazador deberá anotar las capturas antes de sacar las piezas del coto, comunicarlas diariamente al titular y será este quien tenga que trasladarlas digitalmente a la Junta en un plazo máximo de 48 horas. Lo único que cambia con la rectificación es la vía para cumplir la obligación; el control de las tórtolas abatidas, el cupo máximo de seis ejemplares por cazador y día y el límite global de 15.309 aves para Castilla y León se mantienen.

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