El Gobierno de Castilla-La Mancha ha resuelto este jueves suspender los desplazamientos para la entrada y salida de Castilla-La Mancha para practicar la caza en los terrenos cinegéticos que cuenten con autorización expresa por la autoridad competente para la gestión de las especies cinegéticas con riesgo de sobreabundancia. También desautoriza la entrada y salida de personas de cada uno de los términos municipales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
La Junta ha puntualizado que estas especies que tienen sobrepoblación en algunas zonas son el conejo, el jabalí, ciervo, corzo, cabra montés, gamo, muflón y el arruí (según la emergencia cinegética que se marque para cada especie en cada zona).
Así consta en la resolución de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad, publicada este jueves en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. En ésta, se recuerda que tras el Real Decreto del 25 de octubre del Gobierno central por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, el Ejecutivo autonómico restringió la entrada y salida de personas del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados, como los de «causa de fuerza mayor o situación de necesidad» y «cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada».
¿Quién, cómo y qué se puede cazar en Castilla-La Mancha?
Tal y como ha aclarado APROCA Castilla-La Mancha sólo podrán cazar todas las modalidades y especies aquellos ciudadanos que cacen en un coto que
estén dentro del término municipal donde residan. Además, sólo podrá haber desplazamientos de cazadores entre municipios dentro de la región para control de poblaciones. Para la Consejería, no se interpreta como control de poblaciones la realización de monterías, batidas ni ganchos.
La única actividad que se puede ejercer fuera del municipio es el control por daños de conejo en comarcas de emergencia cinegética, teniendo que demostrar que es la persona encargada de efectuar dichos daños.
La resolución que lo lleva a efecto
Con fecha 27 de noviembre, el Diario Oficial de Castilla-La Mancha publicaba una Resolución de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad por la que se declara la caza de diversas especies como actividad necesaria y permitía ciertos desplazamientos de entrada y salida de personas del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha relacionados con la actividad cinegética.
Pero, tras volver el Gobierno regional a adoptar este lunes nuevas medidas específicas en Castilla-La Mancha para frenar la pandemia, se modifica de nuevo la entrada y salida de personas del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y la entrada y salida de personas de cada uno de los términos municipales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha como consecuencia de la situación sanitaria actual.
Contra la presente resolución, que surtirá efecto desde las 00.00 horas de este jueves, 21 de enero, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible, en el plazo de un mes a contar desde este viernes.