La reciente aprobación del Proyecto de Decreto que modifica la vigilancia y control de la rabia en perros, gatos y hurones en Extremadura supone un giro significativo en la normativa autonómica. Esta revisión, que se puso a audiencia pública a principios de año, busca aportar claridad y coherencia al marco legal, especialmente en lo que respecta a la vacunación periódica de nuestras mascotas. Se trata de un cambio largamente esperado por muchos propietarios de animales de compañía en la región.
El nuevo texto normativo responde a la necesidad de «mejora en los términos de la regulación de esta enfermedad zoonósica para garantizar la certeza a sus destinatarios y la coherencia con el ordenamiento jurídico», según defienden desde el Ejecutivo extremeño. La medida ajusta la periodicidad de la revacunación para los perros, que ya no será cada año, sino que se guiará por el plazo de eficacia que estipule el fabricante de la vacuna utilizada. Es un paso importante para armonizar la normativa regional con los avances científicos y las directrices de los laboratorios.

Novedades en la obligatoriedad y la primera dosis
El decreto mantiene la obligatoriedad de la vacunación inicial y las sucesivas revacunaciones para los perros, y solo la recomienda para gatos y hurones, a no ser que la situación epidemiológica cambie. Sin embargo, una de las novedades más importantes es la desaparición de la «relativa indeterminación de la primera vacunación». Se establece un período fijo de entre las 12 y 16 semanas de edad del animal para la primera dosis, lo que sustituye a la referencia anterior de tres meses, aportando mayor precisión y seguridad para los propietarios.
Además de los cambios en la periodicidad de la vacuna, el decreto también contempla la posibilidad de que, si la situación sanitaria lo requiere, la autoridad competente pueda ampliar la vacunación obligatoria a gatos, hurones y otras especies. Esta medida tendría un plazo máximo de dos años, prorrogable por un periodo similar si los riesgos epidemiológicos persisten. Esta cláusula dota a la Junta de herramientas para actuar de manera rápida y efectiva ante posibles brotes, protegiendo así la salud pública y la de nuestras mascotas.








