El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha desestimado el recurso presentado por la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (ASCEL) contra el Plan de Gestión del año 2019 en esta comunidad autónoma en el que este colectivo solicitaba que se gestionara la especie como una especie protegida. ASCEL había presentado una demanda contra instituciones como el Gobierno de Cantabria, el Ayuntamiento de San Miguel de Aguayo, el Ayuntamiento de Valdealiga, entidades cinegéticas como la Fundación Artemisan o la Federación de Caza de Cantabria y varias asociaciones ganaderas como la de Raza Parada de Montaña de Cantabria (ARPAMCA) o la Federación de Asociaciones de Criadores de Ganado Vacuno de Razas Cárnicas de Cantabria.
En la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, a la que ha tenido acceso Jara y Sedal, se expone que el informe pericial en el que se apoya la demanda realiza «una serie de valoraciones subjetivas que parten de un escenario normativo erróneo al ser esta materia, la jurídica, no susceptible de someterse a dictamen pericial y menos aún por una persona cuya ciencia es ajena al derecho», refiriéndose al texto en el que se apoya la demanda.
La asociación argumentaba que no existía «motivación suficiente, informes independientes ni estudios serios y rigurosos de la incidencia de los controles en el medio natural y en la conservación de la especie». Pero, por el contrario, la sentencia afirma que «sí existen estudios rigurosos referenciados en la memoria técnica, sin que de contrario se haya acreditado su falta de rigor».
El TSJ de Cantabria condena a ASCEL a pagar las costas del juicio
Asimismo, la sentencia aprecia en el citado informe distintas «vulneraciones que se esgrimen, además de bajo esta errónea catalogación del lobo, afirmando un déficit de motivación, informes y estudios que la avalen esgrimiendo de contrario el informe pericial que aporta y diversas sentencias de Castilla-León», apoyándose de esta forma en informes de la comunidad autónoma vecina sobre el control del lobo.
Del mismo modo, la sentencia explica que «los motivos frente al plan apenas descienden contendido de la Orden. Por ello no se concretan los específicos preceptos que vulnerarían la normativa o los principios que invoca, solicitando su nulidad íntegra».
Además, la sentencia confirma en el undécimo párrafo que el recurso es «insuficiente para destruir la presunción a favor de los informes oficiales y científicos y a los datos de los mismos extraídos, confirmándose que el Plan de Gestión combatido contiene una regulación tendente a esta conservación favorable, así como a su permanente evaluación y seguimiento».
Por último, tras desestimar el recurso contra cazadores, ganaderos y Gobierno de Cantabria, la sala del TSJ ha impuesto a la citada asociación el pago de las costas judiciales.