El agente solicitó una tercera invitación para un amigo el día antes, pero al negarse el orgánico, le espetó: «Usted verá lo que hace». A partir de ahí comenzó el abuso de atribuciones. 
24/9/2018 | Redacción JyS

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Agente del Seprona en una imagen de archivo. / Guardia Civil

Según ha informado el Diario Palentino, la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta por el Tribunal Militar Central en septiembre de 2017 a un cabo primero del SEPRONA de la Guardia Civil con base en Torquemada, de siete meses de suspensión de empleo y sueldo. Se le acusa de haber cometido una falta muy grave por abuso de atribuciones después de entorpecer una cacería una vez que los organizadores le denegaron un puesto para que pudiera participar en la cacería un amigo suyo, teniendo en cuenta que en la misma ya tomaban parte otros dos conocidos del agente.

El agente solicitaba por teléfono puestos gratis

En la sentencia, se declaran como hechos probados que el agente de la Benemérita sancionado había solicitado por vía telefónica al representante de una sociedad mercantil, durante los años 2013 y 2014, la asignación gratuita de dos puestos de cazador a favor de amigos suyos para participar en las monterías que organizaba dicha entidad en los cotos donde era titular como arrendataria o propietaria: Castrillo de don Juan, Cevico Navero, Antigüedad, Baltanás y Villaconancio. A tal fin, el agente en cuestión facilitaba a su interlocutor la identidad de dichas personas para que fueran formalmente invitadas a tomar parte en las cacerías, cosa a la que accedió el representante empresarial en los dos citados años en atención a la condición de Guardia Civil y miembro del SEPRONA, corriendo la empresa con los gastos de alojamiento y manutención que implicaba la participación en la cacería de los invitados, estimados en 160 euros por persona en cada ocasión.
Tras ello, debido a que el 29 de diciembre de 2014 estaba programada la celebración en dichos cotos de una de las monterías, el agente cuya sanción ha sido ahora ratificada, llamó por teléfono el día anterior al representante de la orgánica y le solicitó «insistentemente» una tercera invitación para que pudiera tomar parte otro amigo suyo, petición que su interlocutor denegó ya que en ese momento ya estaban adjudicados todos los puestos de caza, ante lo que el cabo primero le espetó: «Usted verá lo que hace», expresión que, al estar el teléfono del empresario funcionando en modo manos libres fue escuchada por un tercero. 

Ante la negativa a una tercera invitación comienza el abuso de atribuciones

A partir de ese momento el agente enfocó su actuación profesional al entorpecimiento del buen desarrollo de la montería en cuestión, a cuyo fin procedió a nombrase a sí mismo, a las 07,20 horas del día 29 de diciembre de 2014, un servicio de control y patrulla de actividades cinegéticas que debía desarrollarse en los mismos lugares y horarios donde iba a tener lugar la montería, pese a carecer de competencia para ello.
En ejecución de dicho servicio, el agente se personó a primera hora de la mañana en el bar La Posada de Baltanás, donde habían sido citados por el organizador de la cacería a las 8,00 horas los rehaleros que iban a dirigir los perros en la montería, y permaneció allí tomando café por espacio de al menos treinta minutos, durante los cuales no procedió a requerir para su control documentación alguna a los responsables de los canes.
Por el contrario, cuando las rehalas comenzaron a desplazarse desde el citado lugar hacia la zona a montear, a la que ya se habían desplazado quienes participaban en la cacería, el cabo primero interceptó con el vehículo oficial el automóvil que conducía uno de los participantes de la montería y requirió a éste la documentación necesaria para el transporte de los perros, que estuvo examinando durante al menos veinticinco minutos, pese a que esta actuación pudo haberla practicado previamente sin producir interferencia alguna en el buen desarrollo de la cacería.
Como consecuencia, el agente ocasionó un retraso notable en el inicio de la montería, con infracción consciente de las instrucciones sobre intervención de fuerzas de la Guardia Civil en monterías, batidas y ganchos.