Las consultas recientes de cazadores de las provincias de Sevilla y Huelva han puesto sobre la mesa la interpretación de la normativa sobre la caza en montería. La Federación Andaluza de Caza (FAC) y la Asociación Empresarial de Criadores y Titulares de Cotos de Caza de Andalucía (ATECA) han solicitado información a la Guardia Civil, cuyo criterio confirma que no está prohibido que dos o más personas compartan puesto con sus respectivas armas, pero sí que las empleen de manera simultánea.

El concepto de ‘puesto doble’ y su regulación

El Decreto 126/2017, de 25 de julio, regula el Reglamento de Ordenación de la Caza en Andalucía (ROC) y establece que la figura del ‘puesto doble’ está prohibida. Esta se define como aquella situación en la que dos o más cazadores disparan de manera simultánea desde un mismo puesto. Sin embargo, la norma no impide que dos personas estén juntas en un mismo puesto con sus propias armas, siempre que no las usen al mismo tiempo.

Desde FAC y ATECA han querido aclarar este punto, dado el aumento de consultas sobre la posibilidad de compartir puesto en montería, batida, gancho o en caza menor en ojeo. En estos casos el titular del coto de caza tiene la potestad de permitir o no que varias personas compartan un mismo puesto, pero la ley solo sanciona el uso simultáneo de las armas, no su simple presencia en el mismo lugar.

Confirmación del Seprona

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Vehículo del Seprona en una foto de archivo. © Shutterstock

Para reforzar esta interpretación, la Guardia Civil, a través de su Servicio de Protección a la Naturaleza (Seprona), ha confirmado que la legislación cinegética andaluza no prohíbe expresamente que varias personas compartan puesto, siempre que se respeten las normas de seguridad y que no se realicen disparos simultáneos.

En este sentido, los cazadores deben tener en cuenta que la normativa también prohíbe los «puestos desdoblados», que son aquellos en los que dos personas con sus armas se separan del puesto fijo designado, desplazándose por el terreno. Esto afecta tanto a la caza mayor como a la menor en puesto fijo, con la excepción de la modalidad tradicional de «poza» o «aro» en la caza de aves acuáticas.

El principio de legalidad y las buenas prácticas

Desde las asociaciones cinegéticas recalcan que el principio básico del Derecho establece que todo está permitido salvo que una norma lo prohíba expresamente. En este caso, la ley no impide la presencia de dos cazadores en el mismo puesto, pero sí restringe el uso simultáneo de las armas para garantizar la seguridad y el control de la actividad cinegética.

Ante cualquier duda, los cazadores deben consultar con el titular del coto o con las autoridades competentes para asegurarse de que cumplen con la normativa y evitar posibles sanciones. Con esta información, FAC y ATECA esperan disipar cualquier incertidumbre y garantizar el cumplimiento de la regulación vigente en materia de caza en Andalucía.

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