El repunte de la gripe aviar en Europa y España ha llevado al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a activar nuevas restricciones que también alcanzan al ámbito cinegético. Desde el lunes 10 de noviembre, quedará prohibida la utilización de aves silvestres como reclamo o señuelo en los municipios incluidos en los anexos de riesgo de la Orden APA/2442/2006, que el Gobierno ha reactivado ante el avance del virus.

La decisión, enmarcada dentro del refuerzo de las medidas de bioseguridad frente a la influenza aviar de alta patogenicidad (H5N1), pretende reducir el riesgo de contagio entre aves domésticas, silvestres y aquellas usadas con fines cinegéticos. La norma afecta directamente a modalidades tradicionales de caza como la de acuáticas con reclamos vivos, práctica muy arraigadas en algunas zonas húmedas del país.

Adiós temporal a los reclamos vivos en la caza de acuáticas

Según el artículo 5 de la disposición, «queda prohibida la utilización de pájaros de los órdenes Anseriformes y Charadriiformes como señuelo», lo que incluye a especies como ánades, gansos o limícolas empleadas tradicionalmente por algunos cazadores en humedales. La medida se aplicará en todos los municipios catalogados como zonas de especial vigilancia o riesgo por la presencia del virus.

El veto supone una limitación a tener en cuenta a partir del próximo lunes para los cazadores de acuáticas, especialmente en comunidades con fuerte tradición en esta modalidad como la Comunidad Valenciana, donde el uso de reclamos vivos es parte del patrimonio cultural.

Señuelo artificial. © Shutterstock

Excepciones limitadas para investigación y control sanitario

No obstante, la orden deja abierta una vía de excepción controlada. El artículo 5.4.d. establece que la utilización de señuelos podrá autorizarse «para atraer aves silvestres destinadas a muestreos en virtud de programas de vigilancia de influenza aviar o para proyectos de investigación, estudios ornitológicos u otras actividades autorizadas por la autoridad competente». En esos casos, los animales deberán estar anillados, registrados y supervisados oficialmente.

Estas excepciones, de carácter científico, excluyen expresamente las actividades cinegéticas, por lo que los cazadores no podrán acogerse a ellas. Desde el Ministerio se justifica la decisión en la necesidad de evitar «el contacto directo entre aves silvestres y domésticas» y reducir al mínimo el riesgo de propagación del virus en las explotaciones avícolas y ecosistemas naturales.

La gripe aviar, en expansión por toda Europa

El virus H5N1, detectado en numerosos países europeos, ha provocado cientos de focos en aves silvestres y domésticas desde el verano. En España, se han confirmado 14 brotes en granjas y 68 en fauna silvestre, según el último informe del Ministerio de Agricultura. Aunque el riesgo para las personas es bajo, el impacto económico y ambiental de la enfermedad sigue siendo elevado, especialmente para el sector avícola y cinegético.

La medida busca frenar la expansión del virus durante los meses más fríos, cuando las aves migratorias que atraviesan la península pueden actuar como vector de contagio. En paralelo, el Gobierno ha reforzado la vigilancia sanitaria y recordado a los titulares de explotaciones y cotos que mantengan estrictas medidas de bioseguridad.

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