Una inspección rutinaria en una montería celebrada en Casas de Millán (Cáceres) ha acabado con diez personas investigadas por la Guardia Civil, entre ellas varios postores y el organizador del evento. Se enfrentan a cargos por falsedad documental y pertenencia a grupo criminal, después de que los agentes hayan detectado supuestas irregularidades en la documentación oficial de la actividad.

Los hechos ocurrieron a finales de octubre de 2024, cuando agentes del Seprona comprobaron que nueve personas portaban armas de fuego sin estar registradas como cazadores en el listado facilitado por la organización, por lo que a juicio de los agentes no estaban habilitados para cazar. Estas personas actuaban como postores, una figura habitual en las monterías que se encarga de colocar al resto cazadores en sus puestos.

Los agentes les informaron de la apertura de un expediente sancionador por porte injustificado de armas, por lo que los implicados presentaron un nuevo documento en el que sí aparecían como cazadores inscritos, pese a que en el original no constaban. La alteración del listado, realizada con posterioridad a la inspección, motivó la apertura de diligencias por falsedad documental por parte de la Guardia Civil.

Además, los agentes consideran que la modificación del documento se realizó de forma coordinada entre los nueve postores y el organizador, lo que ha dado lugar a una segunda acusación por pertenencia a grupo criminal, al entender que existió una acción conjunta para eludir la sanción administrativa inicial.

Los postores desempeñan funciones clave

Este caso ha generado una importante controversia dentro del mundo cinegético, ya que la presencia de postores armados sin figurar en el listado oficial de cazadores que entran en sorteo es una práctica frecuente.

Los postores son cazadores experimentados que ayudan a la organización a colaborar en el desarrollo de la jornada: indican a cada cazador su puesto en la armada y le dan las instrucciones de seguridad, gestionan los movimientos dentro del monte y participan en la recogida de reses. Sin embargo, no entran en el sorteo de puestos, ya que su ubicación está preasignada por motivos logísticos, lo que explica que no aparezcan en el listado oficial de participantes sorteados.

¿Qué penas contempla la ley por pertenencia a grupo criminal?

El delito de pertenencia a grupo criminal está tipificado en el artículo 570 ter del Código Penal, que impone penas de 2 a 4 años de prisión y multa de 6 a 12 meses a quienes participen de forma activa en un grupo organizado con la finalidad de cometer delitos. Cuando alguno de los miembros asume funciones de dirección o coordinación, la pena se eleva a 4 a 8 años de prisión y multa de 12 a 24 meses.

Se trata de un tipo penal concebido para combatir estructuras delictivas organizadas, como bandas dedicadas al narcotráfico, la trata de personas, el terrorismo o la delincuencia económica sistematizada. Es decir, está pensado para perseguir conductas reiteradas y planificadas con clara vocación criminal.

Por este motivo, la aplicación de esta figura jurídica a un grupo de postores de montería —cazadores que colaboraban con la organización del evento— ha generado un profundo malestar en el sector cinegético, que considera desproporcionada la acusación. En este caso, la Guardia Civil sostiene que los implicados actuaron de forma coordinada para alterar un documento oficial tras una inspección, con el objetivo de eludir una sanción administrativa por portar armas sin estar inscritos como cazadores.

La comparación con casos de grupos criminales como redes de falsificación documental transnacional, células terroristas o mafias dedicadas al robo de armas o vehículos resulta, para muchos profesionales del ámbito cinegético, incomprensible y desproporcionada.

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